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AYUDA ESTATAL

Ayudas estatales Next Generation al autoconsumo

El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.

Ayudas procedentes de los Fondos Europeos y que tienen una cuantía limitada, por lo que conviene solicitarlas lo antes posible. Pese a que son estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Madrid. 

Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, baterías y climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial:

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millones de los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Revisado 15 enero 2024

Las ayudas consisten en:

  • Con una potencia pico menor de 10kWp, los importes son de 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por kWh en la batería. 
  • En el caso de las instalaciones más grandes de 10kWp, las ayudas oscilan entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
  • En los municipios de menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, a las sumas mencionadas se le tienen que sumar ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.

Las ayudas se pueden solicitar desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.

Requisitos para solicitar estas ayudas:

  • Poder medir la producción y el consumo. 
  • La producción del sistema podrá superar, como máximo, un 25% el consumo anual. 
  • La factura de instalación debe tener fecha posterior al 30 de junio de 2021.
  • En el caso de las baterías para paneles solares, como máximo, podrán tener una capacidad cinco veces superior a la potencia pico instalada.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Si instalamos en nuestra vivienda habitual placas solares podremos deducir el 20% del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica

Revisado 15 enero 2024

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual, en municipios como Galapagar, San Lorenzo de El Escorial, Aranjuez o Parla.

AYUDAS AUTONÓMICAS

Ayudas al autoconsumo autonómicas

Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 17).

Estos fondos provienen del subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica” del Programa 422B “Industria” correspondiente a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. 

Los costes presupuestarios para el ejercicio 2021 se cuantifican en 3.000.000 de euros y para los ejercicios 2022 y 2023 se establecerá una dotación máxima de 10.000.000 de euros para cada uno de ellos.

Revisado 15 enero 2024

Los objetivos que se plantean con este programa de ayudas para promoción del auto-consumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid son los siguientes:

  • Reducir la demanda energética procedente de fuentes de energía convencionales.
  • Disminuir la factura energética de los usuarios.
  • Impulsar el desarrollo de los recursos energéticos renovables en la Comunidad de Madrid.

Acción subvencionable: Todas aquellas instalaciones conectadas en el interior de una red acogida a cualquiera de las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica previstas en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, de regulación del autoconsumo. 

Cuantía subvención: Un 25% como porcentaje máximo de subvención respecto al total del coste de los sistemas.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por cada ayuntamiento que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles. Madrid permite bonificar de manera simultánea el IBI y el ICIO, y aproximadamente 71% de la población de la comunidad se puede beneficiar de la doble bonificación.

Revisado 15 enero 2024

Por la instalación de placas solares en una vivienda ubicada en la Comunidad de Madrid se puede obtener una bonificación de hasta un 50% de la cuota íntegra del impuesto durante 10 años, dependiendo de cada ayuntamiento:

Madrid Hasta un 50% durante 3 años
Alcalá de Henares Hasta un 50% durante 1 año
Alcobendas Hasta un 50% durante 3 años
Arganda del Rey Hasta un 10% durante 3 años
Collado Villalba Hasta un 50% durante 5 años
Coslada Hasta un 50% durante 3 años
Getafe Hasta un 30% durante 10 años
Leganés Hasta un 30% durante 2 años
Móstoles Hasta un 50% durante 4 años
Las Rozas de Madrid Hasta un 50% durante 5 años
San Sebastián de los Reyes Hasta un 25% durante 8 años
Majadahonda Hasta un 50% durante 3 años
Pozuelo de Alarcón Hasta un 50% durante 3 años
Boadilla del Monte Hasta un 45% durante 3 años
Arroyomolinos Hasta un 20% durante 1 año
Villaviciosa de Odón Hasta un 30% durante 5 años
Torrelodones Hasta un 35% durante 3 años
Villanueva de la Cañada Hasta un 40% durante 3 años
Algete Hasta un 50% durante 5 años
Manzanares El Real Hasta un 40% durante 3 años
Torrejón de Ardoz Hasta un 25% durante 4 años
Fuenlabrada Hasta un 20%
Rivas Vaciamadrid Entre un 20-50% durante 3 años
Valdemoro Entre un 30-50% durante 10 años
Pinto Hasta un 50% durante 4 años
Tres Cantos Hasta un 40% durante 3 años
Colmenar Viejo Hasta un 50% durnate 4 años

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del ICIO

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.

Revisado 15 enero 2024

Se puede obtener una bonificación de hasta un 95% de la cuota íntegra del impuesto, dependiendo del ayuntamiento:

Beneficios:

  • Madrid: 95%
  • Alcalá de Henares: 90%
  • Alcobendas: 50%
  • Alcorcón: máximo 95%
  • Fuenlabrada: 20%
  • Getafe: 95%
  • Las Rozas de Madrid: 95%
  • Leganés: 5%
  • Torrejón de Ardoz: 95%

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

Algunas respuestas

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