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Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 22.945.966€ para Aragón. Plazo finalizado.
Ayudas y subvenciones estatales y autonómicas para rentabilizar tu instalación fotovoltaica y que pueden llegar hasta el 50% de la inversión realizada
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 22.945.966€ para Aragón. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF
03
Ayudas al autoconsumo autonómicas
Subvenciones del 50% sobre el valor total de la instalación
04
Bonificaciones del IBI
Hasta un 30% durante 5 años
05
Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%
06
Bonificaciones en el IAE
Hasta un 30%
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Ayudas procedentes de los Fondos Europeos y que tienen una cuantía limitada, por lo que conviene solicitarlas lo antes posible. Pese a que son estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Aragón.
Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, baterías y climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial:
Revisado 15 enero 2024
Fecha de solicitud: A partir del 2 de diciembre de 2021.
Requisitos para solicitar estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Si instalamos en nuestra vivienda habitual placas solares podremos deducir el 20% del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual.
AYUDAS AUTONÓMICAS
Ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para la ejecución de proyectos e instalaciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables que supongan la explotación de los recursos energéticos relativos.
Estas ayudas están referidas a la energía solar fotovoltaica y, en su caso, solar térmica mediante paneles solares híbridos. Instalaciones de autoconsumo eléctrico conectadas a la red de distribución o aisladas, de potencia eléctrica inferior a 100 kWp de paneles solares fotovoltaicos y, en su caso, de paneles solares híbridos (producción de electricidad y de agua caliente) hasta un máximo de 250 kW de potencia térmica. Para su aprovechamiento en instalaciones agrícolas, ganaderas, industriales, acuicultura, del sector servicios o residencial, electrificación rural, vivienda, alumbrado, bombeo, regadío, producción de hidrógeno, aplicaciones para la movilidad sostenible, etc.
Revisado 15 enero 2024
Máxima inversión subvencionable a particulares por instalaciones de paneles solares de potencia eléctrica superior a 10 kWp:
Máxima inversión subvencionable a particulares por instalación de paneles solares híbridos de potencia térmica superior a 25 kW.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal que fija el Ayuntamiento de Zaragoza y que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Las edificaciones que tengan instalados sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol podrán disfrutar de una bonificación del 30% en la cuota íntegra del impuesto durante los cinco periodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación.
Revisado 15 enero 2024
Para tener derecho a esta bonificación será necesario instalar una potencia mínima de 1,2 kW por cada 100 m2 de superficie construida para fotovoltaicas, una superficie mínima de captación solar útil de 4 m2 por cada 100 m2 de superficie construida para la solar térmica y una superficie de 3,2 m2 por cada 100 m2 de superficie construida en el caso de los paneles híbridos. Todo ello en los términos establecidos en la Ordenanza Fiscal nº 2.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Revisado 15 enero 2024
Bonificación del 95% para las construcciones, instalaciones, u obras que consistan en la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico con energía solar, así como la de otras fuentes de energía renovable, en los términos establecidos en la Ordenanza Fiscal nº 10.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
Bonificación del 30% de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que utilicen y produzcan energías a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables o sistemas de cogeneración, en sus actividades económicas destinados a autoconsumo, siempre y cuando la potencia instalada en cogeneración o renovables supere los 65 kW, en los términos establecidos en la Ordenanza Fiscal nº 3.
Revisado 28 noviembre 2023
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
¿Dónde hay que presentar la documentación necesaria para acceder a las ayudas autonómicas de Aragón?
La documentación se presentará en una unidad de registro de la Comunidad Autónoma de Aragón existentes en la ciudad de Zaragoza.
¿A quiénes van dirigidas las ayudas autonómicas para la instalación de placas solares?
Estas ayudas van dirigidas a particulares, empresas y autónomos, corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro y comunidades de propietarios.
Sí. De acuerdo con lo establecido en el apartado A1.A del Anexo I, “Para cada tecnología (eólica o fotovoltaica) sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos." Quiere decir esto que sólo será elegible una actuación para cada tecnología: 1. por destinatario y ubicación, o, 2. ligadas al mismo consumo o consumos. Por tanto, para cada tecnología, un mismo destinatario último puede realizar varias instalaciones siempre que estén en distintas ubicaciones, o, ligadas a diferentes consumos.