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Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 13.399.755€ para Baleares. Plazo finalizado.
Subvenciones estatales y bonificaciones muy interesantes que conseguirán rentabilizar tu instalación fotovoltaica
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 13.399.755€ para Baleares. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 6 años.
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Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Interesantes ayudas procedentes de los Fondos Europeos con una cuantía limitada, por lo que serán otorgadas por orden de solicitud hasta la finalización de los fondos. Su gestión corresponde a la Comunidad Autónoma de Islas Baleares.
Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, baterías y climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial:
Revisado 15 enero 2024
Fecha de solicitud: A partir del 2 de diciembre de 2021.
Requisitos para solicitar estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Al instalar en nuestra vivienda habitual placas solares podemos deducir en IRPF el 20% del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito esencial para poder solicitar esta deducción que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por cada ayuntamiento que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
El Ayuntamiento de Palma de Mallorca ofrece una bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto, aplicable a aquellos sujetos pasivos que instalen sistemas fotovoltaicos para el aprovechamiento eléctrico o térmico en los inmuebles de los que sean titulares, siempre que no se trate de instalaciones obligatorias.
Revisado 15 enero 2024
Esta bonificación es de aplicación en los seis ejercicios siguientes al de su instalación, por lo que debe acreditarse la fecha de la instalación, con una serie de límites: para los bienes inmuebles de uso residencial no podrá ser superior al 100% del coste de la instalación sin IVA, y, en el caso de inmuebles de uso no residencial, no podrá ser superior al 50% del coste de la instalación, sin IVA.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Revisado 15 enero 2024
En Palma de Mallorca se puede obtener una bonificación de hasta un 95% de la cuota íntegra del impuesto. Pero según la normativa de la ciudad, no se concederá está bonificación en los supuestos que la instalación de estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar sea obligatoria conforme a la normativa específica en la materia.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Tablón de comunicaciones sobre subvenciones
Dirección General de Energía y Cambio Climático (CAIB)
Ordenanzas fiscales de Palma de Mallorca ejercicio 2023
Ayuntamiento de Mallorca
¿Quiénes pueden optar a las subvenciones para autoconsumo en Baleares?
Para cada convocatoria podrán optar a las subvenciones particulares, empresas, comunidades de propietarios, asociaciones de empresarios, comunidades de propietarios, entidades sin ánimo de lucro o empresas, cada uno en la convocatoria de la subvención que le corresponda según su tipología.
¿El documento de identidad deberá estar en vigor cuando presente cualquier solicitud de ayuda?
Sí, el NIF/NIE deberá estar en vigor en el momento en que se presente la documentación. La copia del documento debe presentarse por ambas caras.
¿Cuándo el Ayuntamiento de Palma de Mallorca puede denegar una bonificación en el IBI?
El Ayuntamiento denegará la concesión de la bonificación cuando no se justifiquen los requisitos para su reconocimiento.