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Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 87.349.111,30€ para Madrid. Plazo finalizado.
Ayudas y subvenciones estatales y autonómicas para amortizar tu inversión en placas solares de tu vivienda en Getafe.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 87.349.111,30€ para Madrid. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Ayudas al autoconsumo autonómicas
Subvenciones del 25% sobre el valor total de la instalación.
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Bonificaciones del IBI
Hasta un 30% durante 10 años.
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Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Ayudas procedentes de los Fondos Europeos y que son de una cuantía limitada, por este motivo estarán vigentes hasta que se agoten. A pesar de ser estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Madrid.
Existen tres categorías de ayudas para tu instalación fotovoltaica en Getafe: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial del municipio de Getafe:
Revisado 15 enero 2024
Las ayudas se pueden solicitar desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar estas ayudas en Getafe:
AYUDA ESTATAL
Al instalar en nuestra vivienda habitual de Getafe placas solares podremos deducir el 20% del importe de las cantidades totales invertidas en dicha instalación. También en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual del municipio de Getafe.
AYUDAS AUTONÓMICAS
Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 17).
Estos fondos provienen del subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica” del Programa 422B “Industria” correspondiente a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, por lo que las instalaciones fotovoltaicas ubicadas en Getafe podrán optar a estos fondos.
Los costes presupuestarios para los ejercicios 2022 y 2023 tendrán una dotación máxima de 10.000.000 de euros para cada uno de ellos.
Revisado 15 enero 2024
Los objetivos que se plantean con este programa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid son los siguientes:
Acción subvencionable: Todas aquellas instalaciones conectadas en el interior de una red acogida a cualquiera de las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica previstas en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, de regulación del autoconsumo.
Cuantía subvención: Un 25% como porcentaje máximo de subvención respecto al total del coste de los sistemas.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Getafe que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio.
Tendrán derecho a disfrutar de una bonificación del 30% en la cuota íntegra del impuesto, durante los 10 primeros años siguientes a su instalación, los inmuebles que hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico de la energía proveniente del sol y, no resultando obligatoria su instalación según la normativa específica en la materia, cumplan con lo estipulado en la sección HE4 incluida sobre Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria incluida en la exigencia básica HE Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación (CTE).
Revisado 15 enero 2024
Así mismo tendrán bonificación del 30% en la cuota íntegra del impuesto, durante los 10 primeros años siguientes a su instalación, los inmuebles que hayan instalado sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar que, no resultando obligatoria su instalación según la normativa específica en la materia, cumplan con lo estipulado en la sección HE5 incluida sobre Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica incluida en la exigencia básica HE Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación (CTE).
El importe de esta bonificación será del 50%, si simultáneamente a la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico de la energía proveniente del sol, se instalan sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar, en las mismas condiciones.
El importe de la bonificación anual no podrá superar el 10% del coste de la instalación y estará limitada a 400€ en caso de inmuebles de uso residencial y de 5.000€ en los restantes usos dentro del municipio de Getafe.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
En Getafe se establece una bonificación del 95% a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
Revisado 15 enero 2024
Esta bonificación alcanzará exclusivamente a la parte de cuota correspondiente a las construcciones, instalaciones y obras destinadas estrictamente a dicho fin, por lo que el interesado deberá aportar un desglose del presupuesto en que determine razonadamente el coste que se refiere a este supuesto.
Para poder disfrutar de esta bonificación será imprescindible que el sujeto pasivo se encuentre al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y en las cuotas correspondientes a la Seguridad Social.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe
Getafe Iniciativas
¿Qué documentación debe presentarse para solicitar la bonificación en el IBI en Getafe?
Aportación del proyecto técnico o memoria técnica, del certificado de montaje, en su caso, y del certificado de instalación debidamente diligenciados por el organismo autorizado por la Comunidad Autónoma de Madrid. También deberá acreditarse que se ha solicitado y concedido la oportuna licencia municipal y aportar el desglose y justificantes del coste de instalación de los sistemas.
¿Qué plazo hay para solicitar la bonificación del 95% en el ICIO en Getafe?
La bonificación será de carácter rogado y deberá solicitarse la misma en el plazo de un mes a partir de la presentación de la solicitud de licencia urbanística.
¿Hay que declarar las ayudas autonómicas para el autoconsumo fotovoltaico?
Sí, el importe de la ayuda tributa en el IRPF del propietario.