01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 87.349.111,30€ para Madrid.
Interesantes ayudas y bonificaciones estatales, autonómicas y municipales para amortizar tu inversión en placas solares de tu vivienda en Algete.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 87.349.111,30€ para Madrid.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Ayudas al autoconsumo autonómicas
Subvenciones del 25% sobre el valor total de la instalación.
04
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 5 años.
AYUDA ESTATAL
Ayudas estatales procedentes de los Fondos Europeos que son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Madrid. Tienen una cuantía limitada, por lo que se irán entregando por orden de solicitud hasta que sean agotadas.
Existen tres categorías de ayudas para instalaciones fotovoltaicas en Algete: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial del municipio de Algete:
Revisado 6 mayo 2023
Se pueden solicitar desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar estas ayudas en el municipio de Algete:
AYUDA ESTATAL
Podemos obtener una deducción del 20% en el IRPF del importe total de la cantidad invertida en una instalación fotovoltaica realizada en nuestra vivienda habitual de Algete. También en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Revisado 6 mayo 2023
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción en el IRPF que la instalación fotovoltaica esté ubicada en una vivienda habitual del municipio de Algete.
AYUDAS AUTONÓMICAS
Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 17).
Fondos que provienen del subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica” del Programa 422B “Industria” correspondiente a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, por lo que las instalaciones fotovoltaicas ubicadas en viviendas del municipio de Algete podrán optar a estos fondos.
Los costes presupuestarios para los ejercicios 2022 y 2023 tendrán una dotación máxima de 10.000.000 de euros para cada uno de ellos.
Revisado 6 mayo 2023
Los objetivos que se plantean con este programa de ayudas para promoción del auto-consumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid son los siguientes:
Acción subvencionable: Todas aquellas instalaciones conectadas en el interior de una red acogida a cualquiera de las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica previstas en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, de regulación del autoconsumo.
Cuantía subvención: Un 25% como porcentaje máximo de subvención respecto al total del coste de los sistemas.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Algete que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio.
Tendrán derecho a una bonificación de hasta el 50% de la cuota íntegra durante 5 años y, en su caso, del recargo del impuesto, aquellos bienes inmuebles destinados a vivienda en los que se hayan instalado sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo.
A los efectos de esta Ordenanza Fiscal tienen la consideración de sistemas individuales de aprovechamiento de la energía proveniente del sol aquellas instalaciones que tienen exclusivamente como destinataria de la energía térmica o eléctrica que generan un único inmueble destinado a vivienda.
Por su parte, tienen la consideración de sistemas colectivos de aprovechamiento de la energía proveniente del sol aquellas instalaciones que tienen como destinatarias de la energía térmica o eléctrica que generan dos o más viviendas.
Revisado 6 mayo 2023
El disfrute de esta bonificación está condicionado a que las instalaciones para la producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente, así como, también, que el sistema de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol cuente con la correspondiente licencia municipal de instalación de paneles solares, otorgada por el Ayuntamiento de Algete.
Para el supuesto de sistemas de aprovechamiento térmico, además de los requisitos mencionados en el párrafo anterior, se exigirá por cada vivienda que la potencia nominal será cómo mínimo de 1,4 kWth o el equivalente a una superficie útil de panel de dos metros cuadrados como mínimo.
La bonificación se concederá a instancia de los interesados y surtirá efectos, en su caso, sobre las viviendas correspondientes y en el período impositivo siguiente a aquél en el que se solicite.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Ordenanzas municipales y reglamentos
Ayuntamiento de Algete
Fundación de la Energía Comunidad de Madrid
Fundación de la Energía Comunidad de Madrid
Sí. De acuerdo con lo establecido en el apartado A1.A del Anexo I, “Para cada tecnología (eólica o fotovoltaica) sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos." Quiere decir esto que sólo será elegible una actuación para cada tecnología:
1. por destinatario y ubicación, o,
2. ligadas al mismo consumo o consumos.
Por tanto, para cada tecnología, un mismo destinatario último puede realizar varias instalaciones siempre que estén en distintas ubicaciones, o, ligadas a diferentes consumos.
Sí, la ubicación de la instalación de autoconsumo y el punto de autoconsumo no tienen por qué tener la misma referencia catastral, se puede realizar autoconsumo a través de la red cumpliendo cualquiera de las condiciones establecidas en el apartado g) del artículo 3 del RD 244/2019.
Las solicitudes de ayuda se podrán realizar directamente por los destinatarios últimos de las ayudas, por sus representantes legales, o a través de los delegados mandatarios adheridos.