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AYUDA ESTATAL

Ayudas estatales Next Generation al autoconsumo

El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.

Ayudas de cuantía limitada procedentes de los Fondos Europeos, por lo que es conveniente solicitarlas antes de que se agoten. Pese a que son estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha. 

Existen tres categorías de ayudas europeas en la ciudad de Talavera de la Reina: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial:

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millones de los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Revisado 15 enero 2024

En qué consisten estas ayudas:

  • Con una potencia pico menor de 10kWp, los importes son de 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por kWh en la batería. 
  • En el caso de las instalaciones más grandes de 10kWp, las ayudas oscilan entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
  • En los municipios de menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, a las sumas mencionadas se le tienen que sumar ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.

Fecha de solicitud: Las ayudas pueden ser solicitadas en Talavera de la Reina desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Requisitos para solicitar estas ayudas:

  • Poder medir la producción y el consumo. 
  • La producción del sistema podrá superar, como máximo, un 25% el consumo anual. 
  • La factura de instalación debe tener fecha posterior al 30 de junio de 2021.
  • En el caso de las baterías, como máximo, podrán tener el doble de capacidad la potencia del inversor solar.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Si instalamos en nuestra vivienda habitual de la ciudad de Talavera de la Reina placas solares, podremos deducir el 20% en el IRPF del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica:

Revisado 15 enero 2024

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual de la ciudad de Talavera de la Reina.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Talavera de la Reina que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles. 

Tendrán derecho a disfrutar de una bonificación de hasta un 50% en la cuota íntegra del impuesto, los edificios que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, durante cinco periodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.

Revisado 15 enero 2024

Para tener derecho a esta bonificación será necesario que los sistemas instalados cumplan las condiciones establecidas para las nuevas edificaciones en el Código Técnico de la edificación.

El otorgamiento de esta bonificación estará condicionado a que el cumplimiento de los anteriores requisitos quede acreditado mediante la aportación del proyecto técnico o memoria técnica (salvo que haya sido presentado en el Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento de Talavera de la Reina), el certificado de montaje, en su caso, y el certificado de instalación debidamente diligenciados por el organismo autorizado por la Comunidad Autónoma. Asimismo, deberá acreditarse que se ha solicitado y/o concedido la oportuna autorización municipal.

En todo caso, la cantidad total a bonificar por el período considerado de cinco años, no podrá superar el 50% del coste total de la instalación, IVA excluido.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del ICIO

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.

Se aplicará una bonificación del 20% en la cuota del impuesto a aquellas construcciones, instalaciones u obras, en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, siempre y cuando dichos sistemas representen un suministro de energía mínimo del 50% del total y que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores homologados por la Administración competente. 

Revisado 15 enero 2024

En el supuesto de instalaciones, objeto de licencia urbanística específica o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, que incorporen dichos sistemas a construcciones ya existentes, el porcentaje de bonificación será del 50% de la cuota del impuesto calculada sobre el coste real y efectivo de dichos sistemas.

Esta bonificación se aplicará exclusivamente sobre la parte del presupuesto de las obras que corresponda a las instalaciones del sistema de aprovechamiento térmico y eléctrico de la energía solar.

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Nos ocupamos de todas las gestiones administrativas y legales necesarias para realizar tu instalación de autoconsumo fotovoltaico. También nos ocupamos de tramitar las subvenciones disponibles.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

Algunas respuestas

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