01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Un total de 30.948.184€ para la región. Plazo finalizado.
Rentabiliza tu instalación fotovoltaica gracias a las subvenciones y bonificaciones estatales y municipales disponibles en Talavera de la Reina.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Un total de 30.948.184€ para la región. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Entre un 15%-50% durante 5 años.
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Bonificaciones del ICIO
Hasta un 20%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Ayudas de cuantía limitada procedentes de los Fondos Europeos, por lo que es conveniente solicitarlas antes de que se agoten. Pese a que son estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.
Existen tres categorías de ayudas europeas en la ciudad de Talavera de la Reina: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial:
Revisado 15 enero 2024
Fecha de solicitud: Las ayudas pueden ser solicitadas en Talavera de la Reina desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Si instalamos en nuestra vivienda habitual de la ciudad de Talavera de la Reina placas solares, podremos deducir el 20% en el IRPF del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica:
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual de la ciudad de Talavera de la Reina.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Talavera de la Reina que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Tendrán derecho a disfrutar de una bonificación de hasta un 50% en la cuota íntegra del impuesto, los edificios que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, durante cinco periodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
Revisado 15 enero 2024
Para tener derecho a esta bonificación será necesario que los sistemas instalados cumplan las condiciones establecidas para las nuevas edificaciones en el Código Técnico de la edificación.
El otorgamiento de esta bonificación estará condicionado a que el cumplimiento de los anteriores requisitos quede acreditado mediante la aportación del proyecto técnico o memoria técnica (salvo que haya sido presentado en el Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento de Talavera de la Reina), el certificado de montaje, en su caso, y el certificado de instalación debidamente diligenciados por el organismo autorizado por la Comunidad Autónoma. Asimismo, deberá acreditarse que se ha solicitado y/o concedido la oportuna autorización municipal.
En todo caso, la cantidad total a bonificar por el período considerado de cinco años, no podrá superar el 50% del coste total de la instalación, IVA excluido.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Se aplicará una bonificación del 20% en la cuota del impuesto a aquellas construcciones, instalaciones u obras, en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, siempre y cuando dichos sistemas representen un suministro de energía mínimo del 50% del total y que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores homologados por la Administración competente.
Revisado 15 enero 2024
En el supuesto de instalaciones, objeto de licencia urbanística específica o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, que incorporen dichos sistemas a construcciones ya existentes, el porcentaje de bonificación será del 50% de la cuota del impuesto calculada sobre el coste real y efectivo de dichos sistemas.
Esta bonificación se aplicará exclusivamente sobre la parte del presupuesto de las obras que corresponda a las instalaciones del sistema de aprovechamiento térmico y eléctrico de la energía solar.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Ayuntamiento de Talavera de la Reina
Programa 1 de las Ayudas a la rehabilitación edificatoria
Gobierno de Castilla La Mancha
La concreción del beneficio tributario a otorgar lo será conforme a la potencia instalada y justificada en la Memoria técnica correspondiente y de acuerdo a la siguiente escala.
Instalaciones en bienes inmuebles de uso residencial % de bonificación:
a) Potencia contratada a partir del 25% instalado de fotovoltaica 15%.
b) Potencia contratada 50% instalado de fotovoltaica 25%.
c) Potencia contratada 70% instalado de fotovoltaica 40%.
d) Potencia contratada 85% instalado hasta el 100% de fotovoltaica 50%.
La bonificación habrá de ser solicitada por el sujeto pasivo del impuesto antes del inicio de las obras, o conjuntamente con la solicitud de licencia urbanística o con la presentación de declaración responsable o comunicación previa, y se adjuntará la documentación acreditativa del aprovechamiento que justifica su concesión. Una vez finalizada la obra y a efectos de practicar la liquidación definitiva del impuesto, deberá justificarse la idoneidad de uso para el aprovechamiento térmico o eléctrico de los sistemas instalados y su capacidad para el suministro del 50% mínimo de la energía total de la construcción, instalación u obra
¿Existen ayudas específicas de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha?
Sí que existen ayudas procedentes de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, pero en la actualidad no hay ninguna vigente. Es conveniente consultar periódicamente el estado de las ayudas autonómicas.