01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un total de 87.349.111,30€ para Madrid. Plazo finalizado.
Ayudas y bonificaciones, tanto estatales como autonómicas, si instalas paneles solares para el autoconsumo de tu vivienda en Valdemoro.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un total de 87.349.111,30€ para Madrid. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Ayudas al autoconsumo autonómicas
Subvenciones del 25% sobre el valor total de la instalación.
04
Bonificaciones del IBI
Hasta un 30%-50% durante 10 años.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Estas ayudas estatales procedentes de los Fondos Europeos son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Madrid. Tienen una cuantía limitada, por lo que es muy importante solicitarlas antes de que se agoten los fondos.
Existen tres categorías de ayudas para instalaciones fotovoltaicas en el municipio de Valdemoro: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de Valdemoro:
Revisado 15 enero 2024
Se pueden solicitar desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar estas ayudas en Valdemoro:
AYUDA ESTATAL
Se puede acceder a una deducción del 20% en el IRPF del importe total de la cantidad invertida en una instalación fotovoltaica de nuestra vivienda habitual en Valdemoro. También en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica:
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción en el IRPF que la instalación fotovoltaica esté ubicada en nuestra vivienda habitual del municipio de Valdemoro.
AYUDAS AUTONÓMICAS
Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 17).
Fondos que provienen del subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica” del Programa 422B “Industria” correspondiente a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, por lo que las instalaciones fotovoltaicas ubicadas en viviendas del municipio de Valdemoro podrán optar a estos fondos.
Los costes presupuestarios para los ejercicios 2022 y 2023 tendrán una dotación máxima de 10.000.000 de euros para cada uno de ellos.
Revisado 15 enero 2024
Los objetivos que se plantean con este programa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid son los siguientes:
Acción subvencionable: Todas aquellas instalaciones conectadas en el interior de una red acogida a cualquiera de las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica previstas en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, de regulación del autoconsumo.
Cuantía subvención: Un 25% como porcentaje máximo de subvención respecto al total del coste de los sistemas.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Valdemoro que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio. Se establece una bonificación en la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles en los que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que:
1-.Las instalaciones para aplicación de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
2-.Se dispongan de las solicitudes y concesiones previas de las correspondientes licencias urbanísticas para su instalación y ésta se encuentre ejecutada.
3-.No exista obligación a su instalación por ninguna normativa tanto urbanística como de cualquier naturaleza vigente en el momento de la concesión de su licencia de obras/instalación.
4-.Los sistemas de aprovechamiento térmico de la energía solar para producción de ACS cumplen los requisitos exigidos por el CTE.
5-.Los sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar cumplen los requisitos exigidos por el CTE y cuentan con la Puesta en Marcha sellada por cualquiera de las EICI autorizadas de la Comunidad de Madrid o por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, según corresponda.
Revisado 15 enero 2024
El importe de la bonificación será del 30% de la cuota íntegra del impuesto para el inmueble en que se haya instalado si dicha instalación de aprovechamiento solar cubre hasta el 50% del consumo eléctrico o de ACS; y del 50% de la cuota íntegra del impuesto si la instalación de aprovechamiento solar cubre más del 50% del consumo eléctrico o de ACS. En el caso de la instalación de ambas (aprovechamiento térmico y eléctrico) se aplicará el correspondiente al de menor aprovechamiento. Se establece en cuanto al coste de la instalación, la cantidad que sea más baja.
Esta bonificación será de aplicación hasta los diez ejercicios fiscales siguientes a la finalización de las obras/instalaciones necesarias para incorporar los mencionados sistemas de aprovechamiento solar al inmueble.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Valdemoro
Ayuntamiento de Valdemoro
Fundación de la Energía Comunidad de Madrid
Fundación de la Energía Comunidad de Madrid
¿Cuándo puede solicitarse la bonificación en el IBI por instalación de placas solares en Valdemoro?
Esta bonificación tendrá carácter rogado por el titular del inmueble en que se haya realizado la instalación, quien podrá presentarla en cualquier momento anterior a la terminación de los diez ejercicios fiscales siguientes a la finalización de las obras/instalaciones necesarias para incorporar los sistemas de aprovechamiento solar al inmueble, y surtirá efecto en el ejercicio siguiente al de su solicitud previa comprobación técnica de la realidad de la instalación declarada y del cumplimiento de las condiciones establecidas para la bonificación.
¿Puedo realizar el trámite de la subvención sin intermediarios?
Las solicitudes de ayuda se podrán realizar directamente por los destinatarios últimos de las ayudas, por sus representantes legales, o a través de los delegados mandatarios adheridos.
¿Pueden las comunidades de propietarios solicitar las ayudas estatales Next Generation?
Sí, las comunidades de propietarios pueden acceder a la condición de destinatarios últimos de las ayudas de los programas 4, 5 y 6.