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AYUDA ESTATAL

Ayudas estatales Next Generation al autoconsumo

El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.

Estas ayudas proceden de los Fondos Europeos y tienen una cuantía limitada, por lo que conviene solicitarlas lo antes posible. Pese a que son estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Madrid. 

Existen tres categorías de ayudas para tu instalación fotovoltaica en Pinto: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial:

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millones de los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Revisado 15 enero 2024

Las ayudas y requisitos a cumplir son:

  • Con una potencia pico menor de 10kWp, los importes son de 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por kWh en la batería. 
  • En el caso de las instalaciones más grandes de 10kWp, las ayudas oscilan entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
  • En los municipios de menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, a las sumas mencionadas se le tienen que sumar ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.

Las ayudas se pueden solicitar desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.

Requisitos para solicitar estas ayudas en Pinto:

  • Poder medir la producción y el consumo. 
  • La producción del sistema podrá superar, como máximo, un 25% el consumo anual. 
  • La factura de instalación debe tener fecha posterior al 30 de junio de 2021.
  • En el caso de las baterías para paneles solares, como máximo, podrán tener una capacidad cinco veces superior a la potencia pico instalada.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Si instalamos en nuestra vivienda habitual de Pinto placas solares podremos deducir el 20% del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica. También en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica:

Revisado 15 enero 2024

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual de Pinto.

AYUDAS AUTONÓMICAS

Ayudas al autoconsumo autonómicas

Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 17).

Estos fondos provienen del subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica” del Programa 422B “Industria” correspondiente a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, por lo que las instalaciones fotovoltaicas ubicadas en Pinto podrán optar a estos fondos.

Los costes presupuestarios para los ejercicios 2022 y 2023 tendrán una dotación máxima de 10.000.000 de euros para cada uno de ellos.

Revisado 15 enero 2024

Los objetivos que se plantean con este programa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid son los siguientes:

  • Reducir la demanda energética procedente de fuentes de energía convencionales.
  • Disminuir la factura energética de los usuarios.
  • Impulsar el desarrollo de los recursos energéticos renovables en la Comunidad de Madrid.

Acción subvencionable: Todas aquellas instalaciones conectadas en el interior de una red acogida a cualquiera de las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica previstas en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, de regulación del autoconsumo. 

Cuantía subvención: Un 25% como porcentaje máximo de subvención respecto al total del coste de los sistemas.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Pinto que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio. 

La bonificación será de un 50% de la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles que hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para el autoconsumo, durante los cuatro periodos impositivos siguientes al que se ha solicitado.

Revisado 15 enero 2024

La bonificación se disfrutará durante el citado periodo de tiempo siempre y cuando se mantenga en dicho tiempo las condiciones que justificaron su concesión. 

Según lo establecido en la normativa municipal, para tener derecho a esta bonificación será necesario cumplir las siguientes condiciones:

  • Que la potencia instalada sea más del 50% de la potencia eléctrica total que el consumidor tenga contratada en el inmueble.
  • Que las células o módulos fotovoltaicos de la instalación cuenten con la correspondiente declaración de conformidad europea.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del ICIO

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.

En el caso de Pinto, la normativa recoge una bonificación del 95% sobre la cuota del ICIO en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo.

Revisado 15 enero 2024

Además, se deberá aportar por el interesado un desglose del presupuesto en el que se determine razonadamente el coste que supone la construcción, instalación u obra a la que se refiere este supuesto. Las bonificaciones alcanzarán exclusivamente a la parte de cuota correspondiente a las construcciones, instalaciones y obras destinadas estrictamente a dicho fin. 

La bonificación en el ICIO por instalar placas solares en Pinto solo se concederá para sistemas que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente y si la instalación no es obligatoria. O cuando, siendo obligatoria, permita cubrir al menos el 70% de la demanda de agua caliente sanitaria y/o climatización del edificio, calculada de acuerdo con alguno de los procedimientos reconocidos por la Administración competente.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IAE

La ciudad de Pinto también ofrece una bonificación sobre el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) por la instalación de placas solares. En concreto, se bonificará un 50% de la cuota anual correspondiente durante un periodo de máximo de cuatro años para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal que utilicen o produzcan energía generada por instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables. 

Revisado 26 octubre 2023

Estas instalaciones están definidas como tales en el Plan de Fomento de las Energías Renovables. La bonificación solo se aplicará en los casos en los que la instalación no sea obligatoria por prescripción legal. 

Los solicitantes que consigan la bonificación la disfrutarán durante los cuatro años máximos siempre y cuando en este periodo se mantengan las condiciones que justificaron su concesión inicial, tal y como consta en la normativa fiscal del IAE del municipio de Pinto.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

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