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AYUDA ESTATAL

Ayudas al autoconsumo estatales

Ayudas procedentes de los Fondos Europeos que son gestionadas por la Junta de Andalucía. Tienen una cuantía limitada, por lo que es conveniente solicitarlas cuanto antes. Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de estas encontramos seis programas que determinan quién puede solicitarlas y cuáles son las cuantías destinadas a cada una de ellas. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial del municipio de Dos Hermanas:

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millones de los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Revisado 5 junio 2023

Estas ayudas consisten en:

  • Con una potencia pico menor de 10kWp, los importes son de 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por kWh en la batería. 
  • En el caso de las instalaciones más grandes de 10kWp, las ayudas oscilan entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
  • En los municipios de menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, a las sumas mencionadas se le tienen que sumar ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.

Las ayudas pueden ser solicitadas en Dos Hermanas desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Requisitos más importantes de estas ayudas:

  • Poder medir la producción y el consumo. 
  • La producción del sistema podrá superar, como máximo, un 25% el consumo anual. 
  • La factura de instalación debe tener fecha posterior al 30 de junio de 2021.
  • En el caso de las baterías para paneles solares, como máximo, podrán tener una capacidad cinco veces superior a la potencia pico instalada.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Los contribuyentes podrán deducir el 20% del importe de las cantidades invertidas en instalaciones realizadas en la vivienda habitual de Dos Hermanas y en instalaciones colectivas de un edificio, destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que éstas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.

Revisado 5 junio 2023

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Se deberán cumplir una serie de requisitos para poder beneficiarse de esta deducción, siendo el más importante de ellos que se trate de una vivienda habitual situada en Dos Hermanas.

AYUDAS AUTONÓMICAS

Ayudas al autoconsumo autonómicas

La Comunidad Autónoma de Andalucía ofrece subvenciones del 40% sobre el valor total de la instalación de autoconsumo. Los solicitantes tienen que cumplir los siguientes requisitos.

Revisado 5 junio 2023

  • La vivienda tiene que haber sido construida antes de 2017.
  • La vivienda del solicitante debe ser la habitual.
  • Ser residente en España.
  • No haber solicitado ninguna otra ayuda similar para la misma instalación.
  • La solicitud debe ser previa a la instalación.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Dos Hermanas que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.

Tendrán derecho a bonificación en la cuota íntegra del impuesto, las viviendas en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, estando condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la administración competente y que cumplan una serie de requisitos.

Revisado 5 junio 2023

La instalación de sistemas de captación y transformación de energía solar fotovoltaica en viviendas, gozará de una bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto con un límite de 200€, en el caso de que la instalación aporte al menos el 50% de la demanda de energía eléctrica.

En todos los casos la bonificación se concederá a instancia de parte, teniendo una duración de cinco periodos impositivos a contar desde el siguiente a la finalización de las obras e instalaciones necesarias para incorporar los citados sistemas de aprovechamiento.

La suma de las bonificaciones por aprovechamiento térmico y fotovoltaico para una misma vivienda no podrá sumar más del 50% de la cuota íntegra del impuesto, con un límite de 200€.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del ICIO

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.

Tendrán derecho a bonificación en la cuota íntegra del impuesto en el municipio de Dos Hermanas, las instalaciones en viviendas de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, estando condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la administración competente y que cumplan una serie de requisitos.

Revisado 5 junio 2023

La instalación de sistemas de captación y transformación de energía solar fotovoltaica en viviendas, gozará de una bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto, con respecto a la partida de instalación del proyecto, en el caso de que la misma aporte al menos el 50% de la demanda de energía eléctrica.

La suma de las bonificaciones por aprovechamiento térmico y fotovoltaico para una misma vivienda no podrá sumar más del 50% de la cuota íntegra del impuesto. No se tendrá derecho a la bonificación en los supuestos que la instalación se hubiera realizado antes de la concesión de la oportuna licencia municipal, declaración responsable o comunicación previa.

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Nos ocupamos de todas las gestiones administrativas y legales necesarias para realizar tu instalación de autoconsumo fotovoltaico. También nos ocupamos de tramitar las subvenciones disponibles.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

Algunas respuestas

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