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AYUDA ESTATAL

Ayudas al autoconsumo estatales

Estas ayudas proceden de los Fondos Europeos y están gestionadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía. Son limitadas, otorgándose por orden de presentación y consisten en:

  • 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por cada kWh en la batería para las instalaciones menores de 10 kWp. 
  • Entre 450€ y 300€ por kWp instalado para instalaciones de más de 10kWp.

Hay tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de estas encontramos seis programas que determinan quién puede solicitarlas y cuáles son las cuantías destinadas a cada una de ellas. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial del municipio de El Ejido:

Revisado 27 agosto 2023

Programas de incentivos y requisitos

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millonede los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Requisitos exigidos para solicitar estas ayudas en El Ejido:

  • Los beneficiarios deberán consumir anualmente al menos el 80% de la energía generada con la instalación fotovoltaica.
  • La potencia máxima a incentivar en las instalaciones de autoconsumo fotovoltaicas de los Programas 1, 2 y 4 (el programa 4 afecta al autoconsumo residencial) será hasta 5.000 kW.

Las ayudas pueden ser solicitadas en El Ejido desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Los contribuyentes de El Ejido se podrán deducir el 20% en el IRPF del importe de las cantidades invertidas en instalaciones fotovoltaicas realizadas en la vivienda habitual así como en instalaciones colectivas del edificio, destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que éstas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica:

Revisado 27 agosto 2023

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Se deberán cumplir una serie de requisitos para poder beneficiarse de esta deducción, siendo el más importante de ellos que se trate de una vivienda habitual ubicada en el municipio de El Ejido.

AYUDAS AUTONÓMICAS

Ayudas al autoconsumo autonómicas

La Comunidad Autónoma de Andalucía ofrece subvenciones del 40% sobre el valor total de la instalación de autoconsumo. Los solicitantes tienen que cumplir los siguientes requisitos:

Revisado 27 agosto 2023

  • La vivienda tiene que haber sido construida antes de 2017 en El Ejido.
  • La vivienda del solicitante debe ser la habitual.
  • Ser residente en España.
  • No haber solicitado ninguna otra ayuda similar para la misma instalación.
  • La solicitud debe ser previa a la instalación.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de El Ejido que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.

Procede una bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto, durante los dos primeros periodos impositivos desde la tributación de la construcción, para los bienes inmuebles propiedad de empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria siempre que no figuren entre los bienes de su inmovilizado, y siempre que en los mismos se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol.

Revisado 27 agosto 2023

La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.

Esta bonificación tendrá carácter rogado y será incompatible con la bonificación obligatoria para las viviendas de protección oficial prevista en el artículo 73.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

El beneficio tributario regulado en el presente artículo no será de aplicación durante los ejercicios en los que el Ayuntamiento se encuentre acogido a las medidas contenidas en el Capítulo II del Real Decreto Ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros.

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Nos ocupamos de todas las gestiones administrativas y legales necesarias para realizar tu instalación de autoconsumo fotovoltaico. También nos ocupamos de tramitar las subvenciones disponibles.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

Algunas respuestas

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