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AYUDA ESTATAL

Ayudas al autoconsumo estatales

Ayudas procedentes de los Fondos Europeos Next Generation y son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía. Estas ayudas son limitadas, otorgándose por orden de presentación y consisten en:

  • 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por cada kWh en la batería para las instalaciones menores de 10 kWp. 
  • Entre 450€ y 300€ por kWp instalado para instalaciones de más de 10kWp.

Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de estas encontramos seis programas que determinan quién puede solicitarlas y cuáles son las cuantías destinadas a cada una de ellas. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de Jerez de la Frontera:

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millones de los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Revisado 1 marzo 2023

Requisitos para solicitar estas ayudas:

  • Los beneficiarios deberán consumir anualmente al menos el 80% de la energía generada con la instalación fotovoltaica.
  • La potencia máxima a incentivar en las instalaciones de autoconsumo fotovoltaicas de los Programas 1, 2 y 4 (el programa 4 afecta al autoconsumo residencial) será hasta 5.000 kW.

Las ayudas pueden ser solicitadas en Jerez de la Frontera desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Los contribuyentes de Jerez de la Frontera que hayan instalado en su vivienda habitual placas solares podrán deducir el 20% del importe de las cantidades invertidas en dichas instalaciones así como en instalaciones colectivas del edificio, destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que éstas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.

Revisado 1 marzo 2023

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Se deberán cumplir una serie de requisitos para poder beneficiarse de esta deducción, siendo el más importante de ellos que se trate de una vivienda habitual ubicada en el municipio de Jerez de la Frontera.

AYUDAS AUTONÓMICAS

Ayudas al autoconsumo autonómicas

La Comunidad Autónoma de Andalucía ofrece subvenciones del 40% sobre el valor total de la instalación de autoconsumo. Los solicitantes tienen que cumplir los siguientes requisitos.

Revisado 1 marzo 2023

  • La vivienda tiene que haber sido construida antes de 2017.
  • La vivienda del solicitante debe ser la habitual.
  • Ser residente en España.
  • No haber solicitado ninguna otra ayuda similar para la misma instalación.
  • La solicitud debe ser previa a la instalación. 

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Jerez de la Frontera que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.

Disfrutarán de una bonificación del 25% en el primer año de la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza urbana los inmuebles de uso residencial de Jerez de la Frontera que hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.

Revisado 1 marzo 2023

La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente. No les será de aplicación esta bonificación a los inmuebles que, por aplicación del RD 314/2006, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, o por cualquier otra norma les sea obligado legalmente incorporar estos sistemas para el ahorro de energía.

Es un requisito indispensable para su concesión que la obra de instalación de estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar haya contado con la licencia municipal de obra correspondiente. Así mismo debe verificarse la existencia real de la instalación.

La solicitud de esta bonificación tendrá efectos para el devengo inmediatamente posterior del tributo. Con la solicitud habrá de acompañarse toda la documentación que requiera el órgano gestor con objeto de comprobar que se cumple con los requisitos para su concesión.

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Nos ocupamos de todas las gestiones administrativas y legales necesarias para realizar tu instalación de autoconsumo fotovoltaico. También nos ocupamos de tramitar las subvenciones disponibles.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

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