01
Ayudas al autoconsumo estatales
Hasta 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por cada kWh en la batería.
Interesantes subvenciones y bonificaciones estatales y autonómicas por instalación de placas solares en San Fernando.
01
Ayudas al autoconsumo estatales
Hasta 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por cada kWh en la batería.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Ayudas al autoconsumo autonómicas
Subvenciones del 40% sobre el valor total de la instalación de autoconsumo.
04
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 3 años.
05
Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%.
AYUDA ESTATAL
Ayudas estatales procedentes de los Fondos Europeos Next Generation y gestionadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía. Son de cuantía limitada, por lo que es muy conveniente solicitarlas lo antes posible.
Existen tres categorías de ayudas para instalaciones fotovoltaicas en el municipio de San Fernando: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de San Fernando:
Revisado 10 julio 2023
Estas ayudas consisten en:
Se pueden solicitar desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar estas ayudas en San Fernando:
AYUDA ESTATAL
Se podrá deducir el 20% en el IRPF del importe total de las cantidades invertidas en instalaciones realizadas en una vivienda habitual en San Fernando y en instalaciones colectivas del edificio, destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que éstas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica:
Revisado 10 julio 2023
Se deberán cumplir una serie de requisitos para poder beneficiarse de esta deducción, siendo el más importante de ellos que se trate de una vivienda habitual ubicada en el municipio de San Fernando.
AYUDAS AUTONÓMICAS
La Comunidad Autónoma de Andalucía ofrece subvenciones del 40% sobre el valor total de la instalación de autoconsumo. Los solicitantes tienen que cumplir los siguientes requisitos:
Revisado 10 julio 2023
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de San Fernando que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Los inmuebles no sujetos al régimen de propiedad horizontal, en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo, podrán disfrutar de una bonificación de un 50% sobre la cuota íntegra del impuesto durante el período impositivo siguiente al de la finalización de la instalación, de acuerdo con los siguientes requisitos:
Revisado 10 julio 2023
a) Que dichas instalaciones cuenten con la oportuna licencia municipal.
b) Las instalaciones para la producción de calor deberán incluir colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
Los pisos y locales ubicados en edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal que realicen una instalación compartida para suministrar energía a todos o a algunos de ellos, podrán disfrutar de igual bonificación siempre que se reúnan los mismos requisitos a que se refiere el párrafo anterior. Sólo podrán beneficiarse de la bonificación los pisos y locales vinculados a la instalación, y el porcentaje de la misma será del 50%.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Disfrutarán de una bonificación del 95% sobre la cuota las construcciones, instalaciones u obras consistentes en la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo.
Revisado 10 julio 2023
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que se acredite que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente. No se concederá esta bonificación cuando la implantación de estos sistemas sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Agencia Andaluza de la Energía
Agencia Andaluza de la Energía
Ordenanzas municipales del Ayuntamiento de San Fernando
Ayuntamiento de San Fernando
La bonificación podrá solicitarse en cualquier momento anterior a la terminación del periodo de duración de la misma, y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite. El cumplimiento de los requisitos anteriores deberá justificarse en el momento de la solicitud con la aportación del proyecto o memoria técnica, y declaración emitida por técnico competente, visada por el colegio oficial que corresponda o en su defecto justificante de habilitación técnica en el que quede expresamente justificado que la instalación reúne los requisitos necesarios exigidos.
En el caso de pisos y locales en régimen de propiedad horizontal, deberá adjuntarse a la solicitud la documentación que ponga de manifiesto la relación de los propietarios partícipes de la instalación y las cantidades repercutidas a cada uno de ellos; así como cualquier otra documentación que se estime procedente.
La presentación de la solicitud se deberá necesariamente cumplimentar y tramitar de forma telemática desde la aplicación informática habilitada al efecto por la Fundación de la Energía. Una vez presentada toda la documentación de la fase de solicitud y solicitada la revisión de la misma, se realizará la reserva del crédito.
¿Cuál es el plazo para presentar las solicitudes de los fondos Next Generation?
Las solicitudes se pueden presentar desde el día establecido en el extracto de la convocatoria publicado en el BOCM, hasta el 31 de diciembre de 2023, y serán atendidas por estricto orden de presentación. En caso de agotarse el presupuesto total asignado a incentivos, se generará una lista de espera para poder atender más solicitudes en el caso que se liberen fondos, siempre por orden de presentación.