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AYUDA ESTATAL

Ayudas al autoconsumo estatales

Gestionada por la Comunidad Autónoma de Andalucía. Estas ayudas son limitadas y se otorgan por orden de presentación y consisten en:

  • 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por cada kWh en la batería para las instalaciones menores de 10 kWp. 
  • Entre 450€ y 300€ por kWp instalado para instalaciones de más de 10kWp.

Fecha de solicitud: A partir del 2 de diciembre de 2021.

Revisado 28 noviembre 2023

Requisitos de las ayudas:

  • Los beneficiarios deberán consumir anualmente al menos el 80% de la energía generada con la instalación fotovoltaica.
  • La potencia máxima a incentivar en las instalaciones de autoconsumo fotovoltaicas de los Programas 1, 2 y 4 (el programa 4 afecta al autoconsumo residencial) será hasta 5.000 kW.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Los contribuyentes podrán deducir el 20% del importe de las cantidades invertidas en instalaciones realizadas en la vivienda habitual y en instalaciones colectivas del edificio, destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que éstas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.

Revisado 28 noviembre 2023

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Se deberán cumplir una serie de requisitos para poder beneficiarse de esta deducción, siendo el más importante de ellos que se trate de una vivienda habitual.

AYUDAS AUTONÓMICAS

Ayudas al autoconsumo autonómicas

La Comunidad Autónoma de Andalucía ofrece subvenciones del 40% sobre el valor total de la instalación de autoconsumo. Los solicitantes tienen que cumplir los siguientes requisitos.

Revisado 28 noviembre 2023

  • La vivienda tiene que haber sido construida antes de 2017.
  • La vivienda del solicitante debe ser la habitual.
  • Ser residente en España.
  • No haber solicitado ninguna otra ayuda similar para la misma instalación.
  • La solicitud debe ser previa a la instalación.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es la tasa establecida por el Ayuntamiento de Sevilla, que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles de la ciudad.

Existe una bonificación del 50% de la cuota íntegra del IBI en Sevilla para los inmuebles de uso residencial en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, durante los tres periodos impositivos siguientes a la instalación de tales sistemas.

A partir del cuarto periodo impositivo siguiente a la instalación de tales sistemas la bonificación será del 30%.

Revisado 28 noviembre 2023

En ambos casos es necesario informe de idoneidad energética expedido por la Agencia para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla. Dicho informe lo solicita la Sección de IBI de la ATSe, cuando comprueba que la documentación es correcta y que los colectores de las instalaciones para la producción de calor conservan la homologación de la Administración competente.

La bonificación no se aplicará en aquellas viviendas de nueva construcción o rehabilitación de acuerdo con la Ordenanza para la gestión de la energía, el cambio climático y la sostenibilidad de Sevilla.

La bonificación tiene carácter rogado, y, por tanto, es necesario que el sujeto pasivo presente una solicitud en el plazo del 1 de enero hasta el 1 de marzo del periodo impositivo en el que haya de surtir efecto. En los casos del cincuenta por ciento, el año en el que se debe empezar a solicitar es el siguiente a la instalación del sistema. A partir del cuarto periodo impositivo se debe solicitar todos los años.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del ICIO

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.

Se establece una bonificación del 75% de la cuota para las actuaciones que tengan por objeto exclusivo incorporar sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para el autoconsumo.

Revisado 28 noviembre 2023

Requisitos para solicitar esta bonificación:

  • Certificación de idoneidad energética expedida por la Agencia de La Energía del Ayuntamiento de Sevilla.
  • Que los costes de las instalaciones en cuestión estén detallados en el presupuesto de ejecución material.

No será de aplicación en los supuestos en que la incorporación de los referidos sistemas sea preceptiva de conformidad con lo previsto en la Ordenanza para la Gestión Local de la Energía de Sevilla.

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Nos ocupamos de todas las gestiones administrativas y legales necesarias para realizar tu instalación de autoconsumo fotovoltaico. También nos ocupamos de tramitar las subvenciones disponibles.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

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