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Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un total de 22.945.966€ para Aragón. Plazo finalizado.
Un ambicioso plan de ayudas y subvenciones al sector residencial y empresarial en la ciudad de Ejea de los Caballeros.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un total de 22.945.966€ para Aragón. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 5 años.
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Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Estas ayudas proceden de los Fondos Europeos y tienen una cuantía limitada, por lo que conviene solicitarlas antes de que se acaben. Aunque son estatales son gestionadas por el gobierno autonómico de Aragón.
Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, baterías y climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de Ejea de los Caballeros:
Revisado 15 enero 2024
Estas ayudas son:
Las ayudas pueden ser solicitadas en Ejea de los Caballeros desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar las ayudas:
AYUDA ESTATAL
Podremos deducir el 20% en la Declaración de la Renta del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica en nuestra vivienda habitual de Ejea de los Caballeros. También podremos llevar a cabo esta deducción en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de ninguna actividad económica:
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción en el IRPF que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual de Ejea de los Caballeros.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Ejea de los Caballeros que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Este ayuntamiento tiene vigente una bonificación del 50% en la cuota íntegra del IBI durante 5 años a partir del ejercicio al de su instalación y puesta en funcionamiento. Será aplicable a los inmuebles en los que se realicen obras para la adaptación o mejora de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, siempre y cuando la instalación no sea obligatoria derivada de la normativa vigente.
Revisado 15 enero 2024
La aplicación de esta bonificación fiscal estará condicionada a que las instalaciones de producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
La ordenanza fiscal vigente estipula que no podrán acceder a esta bonificación los inmuebles que estén fuera de ordenación urbana o situados en zonas no legalizadas. Además, se adjudicará si se cumplen los siguientes parámetros mínimos:
– Para energía solar térmica en autoconsumo, la potencia mínima instalada debe ser de 1.000 Wp.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido presentar una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
El ayuntamiento de Ejea de los Caballeros da una bonificación del 95% alas construcciones, instalaciones u obras destinadas a la mejora de la eficiencia energética, siempre y cuando se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
Revisado 15 enero 2024
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente. Asimismo, se deberán cumplir las siguientes condiciones:
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Gobierno de Aragón
Ordenanzas fiscales del ayuntamiento de Ejea de los Caballeros
Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros
¿Qué documentación debo presentar para solicitar la bonificación del IBI en Ejea de los Caballeros?
El ayuntamiento de Ejea de los Caballeros recoge en su ordenanza fiscal que el interesado debe presentar la siguiente documentación:
- Factura de compra y justificante de pago.
- Certificado de garantía firmado y sellado por el fabricante.
- Fotografía de las placas, así como de su instalación.
- Justificación firmada por un técnico competente que acredite que todo el ahorro energético que genera la instalación supera los parámetros exigidos como obligatorios en el Documento Básico de HE de Eficiencia Energética del Código Técnico de la Edificación.
- Copia de la licencia urbanística otorgada para la realización de las obras de instalación, para todos los casos, y certificado final de obras.
- Otros documentos técnicos necesarios, en su caso.
¿Qué legislación regula la aplicación de la bonificación del ICIO en Ejea de los Caballeros?
La bonificación fiscal del ICIO se regula de acuerdo con lo dispuesto en el apartado del artículo 103.2.b) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El plazo de presentación de las ayudas va desde el 20 de septiembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. Se trata de concurrencia simple, lo que quiere decir que las solicitudes se van atendiendo por orden de presentación hasta que se agoten los fondos.