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Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 8.159.370€ para Cantabria. Plazo finalizado.
Ayudas y subvenciones estatales procedentes de los fondos europeos Next Generation e interesantes bonificaciones en IBI, ICIO e IRPF
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 8.159.370€ para Cantabria. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
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Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 5 años.
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Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Ayudas procedentes de los Fondos Europeos y que tienen una cuantía limitada, por lo que conviene solicitarlas lo antes posible. Pese a que son estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, baterías y climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial:
Revisado 15 enero 2024
Las ayudas se pueden solicitar desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Si instalamos en nuestra vivienda habitual placas solares podremos deducir el 20% del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual en ciudades como Santander.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por cada ayuntamiento que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Revisado 15 enero 2024
Tres son los municipios que pueden optar a la doble bonificación del IBI y del ICIO: El Astillero, Santa Cruz de Bezana y Castro-Urdiales, siendo este último el municipio más beneficiado de la región cántabra.
El Astillero | 30% durante 3 años |
Castro Urdiales | Hasta un 50% durante 5 años |
Santa Cruz de Bezana | 25% durante 3 años |
Santander | Hasta un 50% durante 1 año |
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Revisado 15 enero 2024
Ocho son los municipios que reciben la bonificación del ICIO en Cantabria. Se puede obtener una bonificación de hasta un 95% de la cuota íntegra del impuesto, dependiendo del ayuntamiento:
Beneficios:
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Ayudas y subvenciones para energía en Cantabria
Gobierno de Cantabria
Ayudas para energías renovables en autoconsumo, almacenamiento y térmicas en sector residencial
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía
Las subvenciones tienen la consideración de ganancias patrimoniales, por lo que están sujetas y no exentas en el Impuesto sobre la Renta. Las que reciben las personas que realizan actividades económicas, pueden tener la consideración de rendimiento de la actividad o de ganancia patrimonial, según el destino de la subvención o ayuda.
Los beneficios fiscales no tienen la consideración de subvención y la incompatibilidad del programa se refiere a otras subvenciones o ayudas. No obstante debe tenerse en cuenta que cualquier otra bonificación fiscal computará con la subvención otorgada a los efectos de no superarse el coste de la actividad o actuación subvencionada.
No. Siempre que la titularidad del equipo sea del destinatario último de la ayuda, sí sería posible cualquier tipo de financiación. No obstante, si un modelo de financiación “leasing” o “renting” no implica la titularidad de la instalación del solicitante que pretende ser destinatario último, por ser la instalación titularidad de la entidad que concede el “leasing” o “renting”, no sería posible la adjudicación de la ayuda a este solicitante.