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Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 8.159.370€ para Cantabria. Plazo finalizado.
Ayudas y subvenciones estatales procedentes de los fondos europeos Next Generation e interesantes bonificaciones en ICIO e IRPF por la instalación de placas solares en Santander.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 8.159.370€ para Cantabria. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 1 año.
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Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Ayudas procedentes de los Fondos Europeos y que tienen una cuantía limitada, por lo que conviene solicitarlas lo antes posible. Pese a que son estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de la ciudad de Santander:
Revisado 15 enero 2024
Las ayudas se pueden solicitar en Santander desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Si instalamos placas solares en nuestra vivienda habitual de Santander, podremos deducir el 20% del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual del municipio de Santander.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Santander y que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Tendrán derecho a una bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto aquellos sujetos pasivos que instalen en sus viviendas sistemas para el aprovechamiento térmico de la energía solar para autoconsumo, siempre que éstos proporcionen un aporte mínimo del 60% de la energía necesaria para satisfacer la demanda de agua caliente sanitaria y no estén contempladas dentro del ámbito de aplicación de la Ordenanza municipal sobre captación y aprovechamiento de la energía solar térmica.
No se concederá esta bonificación cuando la instalación de estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar sea o haya sido obligatoria a tenor de la normativa vigente en el momento de la concesión de la licencia de obras.
Revisado 15 enero 2024
La solicitud de bonificación deberá ser acompañada de copia del proyecto técnico presentado para la concesión de la licencia de obras, donde se justifique que la instalación no resulta obligatoria según la normativa vigente en ese momento y, si procede, se aplicará únicamente a la cuota del impuesto del año siguiente a la fecha de la solicitud, no pudiendo disfrutarse en más de una ocasión.
El disfrute de esta bonificación es incompatible con cualquier otro beneficio fiscal en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles que pudiera corresponder al sujeto pasivo o al inmueble, aplicándose en dicho caso la de mayor cuantía.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Disfrutarán de una bonificación del 30% sobre la cuota las construcciones, instalaciones u obras consistentes en la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo.
Revisado 15 enero 2024
No obstante, para el caso de construcciones de uso residencial, el porcentaje de bonificación ascenderá al 95%. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que se acredite que los colectores o captadores disponen de la correspondiente homologación de la Administración competente.
No se concederá esta bonificación cuando la implantación de estos sistemas sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Ayudas y subvenciones en materia de energía
Gobierno de Cantabria
Ordenanzas fiscales del ejercicio 2023
Ayuntamiento de Santander
Para gozar de la bonificación, se deberá aportar por el interesado un desglose del presupuesto en el que se determine razonadamente el coste que supone la construcción, instalación u obra a la que se refiere este supuesto.
Los beneficios fiscales no tienen la consideración de subvención y la incompatibilidad del programa se refiere a otras subvenciones o ayudas. No obstante debe tenerse en cuenta que cualquier otra bonificación fiscal computará con la subvención otorgada a los efectos de no superarse el coste de la actividad o actuación subvencionada.
No. Siempre que la titularidad del equipo sea del destinatario último de la ayuda, sí sería posible cualquier tipo de financiación. No obstante, si un modelo de financiación “leasing” o “renting” no implica la titularidad de la instalación del solicitante que pretende ser destinatario último, por ser la instalación titularidad de la entidad que concede el “leasing” o “renting”, no sería posible la adjudicación de la ayuda a este solicitante.