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AYUDA ESTATAL

Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation

El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.

Estas ayudas provienen de los Fondos Europeos y son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Cataluña. Tienen una cuantía limitada, por lo que es conveniente solicitarlas cuanto antes. Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de estas encontramos seis programas que determinan quién puede solicitarlas y cuáles son las cuantías destinadas a cada una de ellas. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial del municipio de Badalona:

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millones de los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Revisado 15 enero 2024

Estas ayudas consisten en:

  • Con una potencia pico menor de 10kWp, los importes son de 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por kWh en la batería. 
  • En el caso de las instalaciones más grandes de 10kWp, las ayudas oscilan entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
  • En los municipios de menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, a las sumas mencionadas se le tienen que sumar ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.

Las ayudas pueden ser solicitadas en Badalona desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Requisitos más importantes de estas ayudas:

  • Poder medir la producción y el consumo. 
  • La producción del sistema podrá superar, como máximo, un 25% el consumo anual. 
  • La factura de instalación debe tener fecha posterior al 30 de junio de 2021.
  • En el caso de las baterías, como máximo, podrán tener el doble de capacidad la potencia del inversor solar.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Los propietarios de una vivienda con una instalación fotovoltaica en Badalona podrán deducir el 20% del importe total de las cantidades invertidas en dicha instalación así como en instalaciones colectivas, destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que éstas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.

Revisado 15 enero 2024

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Un requisito fundamental para poder beneficiarse de esta deducción es que la instalación fotovoltaica se ubique en una vivienda habitual del municipio de Badalona.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Badalona que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio. 

Disfrutarán de una bonificación de hasta el 50% de la cuota íntegra del impuesto los inmuebles destinados a uso residencial o terciario donde se instale un sistema de aprovechamiento eléctrico de la energía solar que cubra un mínimo del 60% de la demanda total de agua caliente sanitaria del inmueble. La máxima bonificación de la cuota íntegra será de 300€ anuales.

Revisado 15 enero 2024

Esta bonificación se mantendrá mientras se cumplan las condiciones de otorgamiento.

La bonificación será de aplicación a partir del período impositivo siguiente al de la solicitud.

Esta bonificación no será de aplicación cuando la instalación de los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, sea obligatoria en cumplimiento de la normativa urbanística, municipal o sectorial.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del ICIO

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.

Podrán disfrutar de una bonificación del 95% sobre la cuota del impuesto, las instalaciones, obras o construcciones que, sin que concurra el supuesto de obligado cumplimiento por la ordenanza de sistemas de captación de energía solar en Badalona, ​​tengan por objeto la primera instalación de uno o varios sistemas homologados a continuación descritos.

a) Producción de agua caliente sanitaria en captador solar, siempre que la aportación solar sea de un mínimo del 60% de la demanda anual de energía necesaria para el calentamiento de agua sanitaria, incluyendo en su caso, el calentamiento de agua de las piscinas.

Revisado 15 enero 2024

b) Incorporación en viviendas unifamiliares de una instalación de aprovechamiento de energía solar fotovoltaica para autoconsumo con una potencia pico mínima de 1 kWp.

c) En otro caso siempre cuando se incorpore una instalación de aprovechamiento de energía solar fotovoltaica en régimen de autoconsumo con una potencia pico mínima de 5 kWp. El importe resultante de la aplicación de esta bonificación, sumado a la de otras bonificaciones fiscales
municipales otorgadas por este motivo, en ningún caso podrá ser superior al del coste total de la instalación.

Esta bonificación será aplicada a la liquidación provisional del impuesto, quedando condicionada a la presentación, una vez finalizadas las obras, de la factura de las obras efectivamente realizadas y de la presentación de la homologación de los sistemas colectores de energía solar otorgada por la administración competente.

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Nos ocupamos de todas las gestiones administrativas y legales necesarias para realizar tu instalación de autoconsumo fotovoltaico. También nos ocupamos de tramitar las subvenciones disponibles.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

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