01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un total de 114.988.848€ para Cataluña. Plazo finalizado.
Diversas ayudas y bonificaciones estatales y municipales para amortizar tu inversión en energía solar para el autoconsumo en Cornellá de Llobregat.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un total de 114.988.848€ para Cataluña. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 3 años.
04
Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Estas ayudas provienen de los Fondos Europeos y son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Cataluña. Tienen una cuantía limitada, por lo que es conveniente solicitarlas cuanto antes. Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de estas encontramos seis programas que determinan quién puede solicitarlas y cuáles son las cuantías destinadas a cada una de ellas. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial del municipio de Cornellá de Llobregat:
Revisado 15 enero 2024
Estas ayudas consisten en:
Las ayudas pueden ser solicitadas en Cornellá de Llobregat desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos más importantes de estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Los propietarios de una vivienda con una instalación fotovoltaica en Cornellá de Llobregat podrán deducir el 20% del importe total de las cantidades invertidas en dicha instalación así como en instalaciones colectivas, destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que éstas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica:
Revisado 15 enero 2024
Un requisito fundamental para poder beneficiarse de esta deducción es que la instalación fotovoltaica se ubique en una vivienda habitual del municipio de Cornellá de Llobregat.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Cornellá de Llobregat que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio.
Los inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, que estén destinados a viviendas y que no estén obligados por cualquier normativa, tendrán derecho a una bonificación de, como máximo, un 50% de la cuota íntegra del impuesto durante los tres períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación.
La aplicación de esta bonificación se condiciona a que las instalaciones para la producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente. Cuando se trate de sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar fotovoltaica por autoconsumo individual con o sin excedentes con conexión a red interior la bonificación será:
Revisado 15 enero 2024
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Se concederá una bonificación del 95% de la cuota del impuesto a favor de las construcciones, instalaciones y obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
La bonificación prevista se referirá únicamente a la parte de la cuota correspondiente a la base imponible integrada por el coste real y efectivo de la instalación relativa al sistema para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
Revisado 15 enero 2024
A tal efecto los sujetos pasivos estarán obligados a acreditar en el Ayuntamiento, este coste debidamente detallado y desglosado del resto de elementos integrantes del coste real y efectivo de la construcción, instalación y obra. Las condiciones que deben cumplirse en el caso de aprovechamiento eléctrico son las siguientes:
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Instituto Catalán de Energía
Normativa fiscal del Ayuntamiento de Cornellá de Llobregat
Ayuntamiento de Cornellá de Llobregat
En todos los casos, la potencia solar instalada debe de ser igual o superior a 1,5 kWp.
Siempre que la titularidad del equipo sea del destinatario último de la ayuda, sí sería posible cualquier tipo de financiación. No obstante, si un modelo de financiación “leasing” o “renting” no implica la titularidad de la instalación del solicitante que pretende ser destinatario último, por ser la instalación titularidad de la entidad que concede el “leasing” o “renting”, no sería posible la adjudicación de la ayuda a este solicitante.
La bonificación máxima sobre la cuota íntegra en ningún caso superará los 350€/año. En todos los casos, el importe máximo de esta bonificación para todos los ejercicios en los que sea de aplicación no podrá ser mayor del 33% del coste de la instalación efectuada.