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Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un total de 114.988.848€ para Cataluña. Plazo finalizado.
Diversas ayudas y bonificaciones estatales y municipales para amortizar tu inversión en energía solar para el autoconsumo en Manresa.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un total de 114.988.848€ para Cataluña. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 4 años.
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Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Estas ayudas provienen de los Fondos Europeos y son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Cataluña. Tienen una cuantía limitada, por lo que es conveniente solicitarlas cuanto antes. Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de estas encontramos seis programas que determinan quién puede solicitarlas y cuáles son las cuantías destinadas a cada una de ellas. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial del municipio de Manresa:
Revisado 15 enero 2024
Estas ayudas consisten en:
Las ayudas pueden ser solicitadas en Manresa desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos más importantes de estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Los propietarios de una vivienda con una instalación fotovoltaica en Manresa podrán deducir el 20% del importe total de las cantidades invertidas en dicha instalación así como en instalaciones colectivas, destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que éstas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica:
Revisado 15 enero 2024
Un requisito fundamental para poder beneficiarse de esta deducción es que la instalación fotovoltaica se ubique en una vivienda habitual del municipio de Manresa.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Manresa que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio.
Disfrutarán de una bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto, durante los cuatro períodos impositivos siguientes a la instalación, los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para el autoconsumo, con un límite de 200 €/kW instalado por cada uno de los cuatro años. En el caso de instalaciones compartidas o de comunidades energéticas, el límite de la bonificación se repartirá teniendo en cuenta el porcentaje de propiedad sobre la instalación.
Revisado 15 enero 2024
En el caso concreto de viviendas plurifamiliares que tengan una instalación de autoconsumo con energía solar fotovoltaica para suministrar electricidad a los elementos comunes, la bonificación será del 5% sobre la cuota íntegra por cada uno de los elementos vinculados que tributen, con un límite de 200 €/kW instalado por cada uno de los cuatro años y para la totalidad de los elementos vinculados, que se repartirá teniendo en cuenta el porcentaje de propiedad sobre la instalación.
Las bonificaciones sólo serán de aplicación para las nuevas instalaciones, y no procederá la bonificación cuando la instalación de los sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía del sol sea obligatoria de acuerdo con la normativa específica en la materia.
Para el caso de instalaciones de generación de calor, la aplicación de esta bonificación estará condicionada a que sus colectores dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
Para tener derecho a esta bonificación es necesario tener el título administrativo habilitante (licencia y/o comunicación) de la instalación.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Disfrutarán de una bonificación del 95% de la cuota del impuesto las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, en los edificios donde no sea de obligado cumplimiento implantarlos según la normativa vigente.
Revisado 15 enero 2024
La aplicación de esta bonificación está condicionada a que las instalaciones para la producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la administración competente.
La base imponible sobre la que se aplicará esta bonificación será la correspondiente al coste de ejecución material de la instalación de dichos sistemas exclusivamente.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Instituto Catalán de Energía
Ordenanzas y reglamentos del Ayuntamiento de Manresa
Ayuntamiento de Manresa
Siempre que la titularidad del equipo sea del destinatario último de la ayuda, sí sería posible cualquier tipo de financiación. No obstante, si un modelo de financiación “leasing” o “renting” no implica la titularidad de la instalación del solicitante que pretende ser destinatario último, por ser la instalación titularidad de la entidad que concede el “leasing” o “renting”, no sería posible la adjudicación de la ayuda a este solicitante.
Para tener derecho a esta bonificación, el sujeto pasivo deberá presentar en el plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha que figure en el documento que acredite que la instalación está ejecutada y legalizada ante la Generalitat, la siguiente documentación:
-La solicitud correspondiente, indicando el título administrativo habilitante (licencia y/o comunicación).
-El certificado del instalador.
-El certificado de la instalación emitido por la Generalitat.
-El certificado de homologación de los colectores solares térmicos, si es el caso.
-En el caso de instalaciones colectivas en edificios con división de propiedad horizontal, copia del acta de la comunidad de propietarios que incluya o el acuerdo de participación y reparto de costes de la instalación o el consentimiento expreso firmado para que un tercero presente una solicitud única de bonificación en nombre de todos los participantes, actuando como representante si procede.
¿Hasta cuándo estarán vigentes los programas de ayudas estatales Next Generation?
Estos programas de ayudas estarán vigentes hasta el 31 de diciembre del año 2023.