01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 114.988.848€ para Cataluña. Plazo finalizado.
Diversas ayudas y bonificaciones estatales y municipales para amortizar tu inversión en energía solar para el autoconsumo en Sitges.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 114.988.848€ para Cataluña. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 5 años.
04
Bonificaciones del ICIO
Hasta un 60%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Estas ayudas provienen de los Fondos Europeos y son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Cataluña. Tienen una cuantía limitada, por lo que es conveniente solicitarlas cuanto antes. Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de estas encontramos seis programas que determinan quién puede solicitarlas y cuáles son las cuantías destinadas a cada una de ellas. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial del municipio de Sitges:
Revisado 15 enero 2024
Las ayudas pueden ser solicitadas en Sitges desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos más importantes de estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Los propietarios de una vivienda con una instalación fotovoltaica en Sitges podrán deducir el 20% del importe total de las cantidades invertidas en dicha instalación así como en instalaciones colectivas, destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que éstas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Revisado 15 enero 2024
Un requisito fundamental para poder beneficiarse de esta deducción es que la instalación fotovoltaica se ubique en una vivienda habitual del municipio de Sitges.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Sitges que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio.
Disfrutarán de una bonificación del 50% de la cuota íntegra del IBI las viviendas en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, durante los cinco períodos impositivos siguientes a la instalación, mientras no varíen las circunstancias determinantes de su otorgamiento. El importe de la bonificación no podrá superar el 30% del coste total de la instalación.
La aplicación de esta bonificación quedará condicionada a la aceptación por parte del Ayuntamiento de Sitges de la comunicación de obra menor correspondiente y que las instalaciones para la producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
Revisado 15 enero 2024
La bonificación deberá ser solicitada por el interesado en el plazo de tres meses posteriores a la instalación, acreditando la comunicación de obras y el certificado final y de especificaciones técnicas de la instalación para el aprovechamiento de energía solar térmica o eléctrica.
No procederá la bonificación cuando la instalación de los sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol sean obligatorias de acuerdo con la normativa específica en la materia.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Revisado 15 enero 2024
Tendrán un 60% de bonificación aquellas construcciones, instalaciones y obras ubicadas en Sitges que incorporen medidas innovadoras y potestativas de construcción sostenible basadas en sistemas de aprovechamiento de la energía solar y que no estén obligadas a su instalación por la normativa vigente.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Convocatorias de ayudas y financiación
Instituto Catalán de Energía
Ordenanzas fiscales y precios públicos del año 2023
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sitges
Barcelona Energía es la comercializadora eléctrica pública de Barcelona y el área metropolitana. Tiene como misión contribuir a la transición hacia un modelo energético sostenible potenciando el autoconsumo, la generación de proximidad y la energía 100 % renovable certificada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Siempre que la titularidad del equipo sea del destinatario último de la ayuda, sí sería posible cualquier tipo de financiación. No obstante, si un modelo de financiación “leasing” o “renting” no implica la titularidad de la instalación del solicitante que pretende ser destinatario último, por ser la instalación titularidad de la entidad que concede el “leasing” o “renting”, no sería posible la adjudicación de la ayuda a este solicitante.
Sí, la ubicación de la instalación de autoconsumo y el punto de autoconsumo no tienen por qué tener la misma referencia catastral, se puede realizar autoconsumo a través de la red cumpliendo cualquiera de las condiciones establecidas en el apartado g) del artículo 3 del RD 244/2019.