01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 114.988.848€ para Cataluña. Plazo finalizado.
Subvenciones y bonificaciones que contribuyen a un rápido retorno de la inversión de una instalación fotovoltaica en el municipio de Terrassa.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 114.988.848€ para Cataluña. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 5 años.
04
Bonificaciones del ICIO
Hasta un 50%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Ayudas otorgadas desde Europa para la instalación de placas solares en Terrassa para fomentar el autoconsumo. Son de cuantía limitada y gestionadas por la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Hay tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de estas encontramos seis programas que determinan quién puede solicitarlas y cuáles son las cuantías destinadas a cada una de ellas. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de Terrassa:
Revisado 15 enero 2024
Estas ayudas son limitadas por lo que se otorgan por orden de presentación hasta que se agoten y consisten en:
Fecha de solicitud: Las ayudas pueden solicitarse en Terrassa desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos más importantes de estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Los propietarios de viviendas habituales con instalaciones fotovoltaicas de Terrassa podrán deducir el 20% del importe total de las cantidades invertidas en dichas instalaciones así como en instalaciones colectivas, destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que éstas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Revisado 15 enero 2024
Un requisito fundamental para poder beneficiarse de esta deducción es que la instalación se ubique en una vivienda habitual en Terrassa.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Terrassa que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Tendrán derecho a una bonificación de la cuota, los bienes inmuebles de cualquier naturaleza que dispongan de una instalación fotovoltaica siempre que no se haya realizado en cumplimiento del CTE u otras normativas. Esta bonificación será como máximo del 50% del importe del impuesto sobre bienes inmuebles y tendrá una vigencia de un máximo de cinco años posteriores a aquél en que se realice la instalación.
Revisado 15 enero 2024
Requisitos exigidos:
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Tendrán derecho a una bonificación de la cuota, los bienes inmuebles ubicados en Terrassa de cualquier naturaleza que dispongan de una instalación fotovoltaica siempre que no se haya realizado en cumplimiento del CTE u otras normativas. La bonificación será como máximo del 50% del importe del impuesto.
Revisado 15 enero 2024
Requisitos para obtener la bonificación:
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Instituto Catalán de Energía
Ordenanzas fiscales del ejercicio 2023 del Ayuntamiento de Terrassa
Ayuntamiento de Tarrassa
Estas ayudas se podrán solicitar a partir del día 17 de enero del 2022 y hasta el 31 de diciembre del 2023.
Las subvenciones que más contribuyen a un rápido retorno de la inversión son las bonificaciones del IBI y del ICIO que dependen del Ayuntamiento de Terrassa.
Sí. La suma total de los justificantes de pago aportados tiene que coincidir con el importe de la factura o facturas presentadas.