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AYUDA ESTATAL

Ayudas estatales Next Generation al autoconsumo

El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.

Estas ayudas estatales procedentes de los Fondos Europeos son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Madrid. Tienen una cuantía limitada, por lo que es muy importante solicitarlas antes de que se agoten los fondos.

Existen tres categorías de ayudas para instalaciones fotovoltaicas en el municipio de Alcobendas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de Alcobendas:

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millones de los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Revisado 15 enero 2024

Las ayudas consisten en:

  • Con una potencia pico menor de 10kWp, los importes son de 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por kWh en la batería. 
  • En el caso de las instalaciones más grandes de 10kWp, las ayudas oscilan entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
  • En los municipios de menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, a las sumas mencionadas se le tienen que sumar ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.

Se pueden solicitar desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.

Requisitos para solicitar estas ayudas en Alcobendas:

  • Poder medir la producción y el consumo. 
  • La producción del sistema podrá superar, como máximo, un 25% el consumo anual. 
  • La factura de instalación debe tener fecha posterior al 30 de junio de 2021.
  • En el caso de las baterías para paneles solares, como máximo, podrán tener una capacidad cinco veces superior a la potencia pico instalada.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Se puede acceder a una deducción del 20% en el IRPF del importe total de la cantidad invertida en una instalación fotovoltaica de nuestra vivienda habitual en Alcobendas. También en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.

Revisado 15 enero 2024

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción en el IRPF que la instalación fotovoltaica esté ubicada en nuestra vivienda habitual del municipio de Alcobendas.

AYUDAS AUTONÓMICAS

Ayudas al autoconsumo autonómicas

Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 17).

Fondos que provienen del subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica” del Programa 422B “Industria” correspondiente a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, por lo que las instalaciones fotovoltaicas ubicadas en viviendas del municipio de Alcobendas podrán optar a estos fondos. 

Los costes presupuestarios para los ejercicios 2022 y 2023 tendrán una dotación máxima de 10.000.000 de euros para cada uno de ellos.

Revisado 15 enero 2024

Los objetivos que se plantean con este programa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid son los siguientes:

  • Reducir la demanda energética procedente de fuentes de energía convencionales.
  • Disminuir la factura energética de los usuarios.
  • Impulsar el desarrollo de los recursos energéticos renovables en la Comunidad de Madrid.

Acción subvencionable: Todas aquellas instalaciones conectadas en el interior de una red acogida a cualquiera de las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica previstas en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, de regulación del autoconsumo. 

Cuantía subvención: Un 25% como porcentaje máximo de subvención respecto al total del coste de los sistemas.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Alcobendas que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio.

Se aplicará una bonificación del 40% en la cuota íntegra del impuesto durante los tres períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación, a los bienes inmuebles de naturaleza urbana ya construidos, en los que se instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo, siempre que presenten un suministro de energía mínimo del 30% del total del consumo energético del inmueble, que la instalación de dichos sistemas no sea obligatoria de acuerdo con la normativa específica en la materia y que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores homologados por la administración competente.

Revisado 15 enero 2024

La bonificación será del 50% durante tres años siempre que el suministro de energía mínimo proveniente de la energía solar sea del 50% del total del consumo energético del inmueble.

Esta bonificación deberá ser solicitada por el sujeto pasivo del impuesto antes del inicio del período impositivo en el que haya de surtir efecto, adjuntando la documentación acreditativa del aprovechamiento que justifica la concesión de dicho beneficio (informe técnico que confirme la instalación, funcionamiento y rendimiento de los sistemas de energía) que se informará por técnico municipal competente en la materia. 

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del ICIO

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.

Se aplicará una bonificación del 50% de la cuota del impuesto calculada sobre el coste real y efectivo de los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, siempre que represente un suministro de energía mínimo del 50% del total del consumo energético del inmueble ubicado en Alcobendas, que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores homologados por la administración competente, y se instalen en construcciones ya existentes sin formar parte de obras de rehabilitación, a las que resulte aplicable el Código Técnico de la Edificación.

Revisado 15 enero 2024

La bonificación habrá de ser solicitada por el sujeto pasivo del impuesto antes del inicio de las obras, o conjuntamente con la solicitud de licencia urbanística, y se adjuntará la documentación acreditativa del aprovechamiento que justifica su concesión.

Una vez finalizada la obra y a efectos de practicar la liquidación definitiva del impuesto, deberá justificarse la idoneidad de uso para el aprovechamiento térmico o eléctrico de los sistemas instalados y su capacidad para el suministro del 50% mínimo de la energía total de la construcción, instalación u obra.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

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