01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 87.349.111,30€ para Madrid. Plazo finalizado.
Ayudas y bonificaciones, tanto estatales como autonómicas y municipales, si instalas paneles solares para el autoconsumo de tu vivienda en Leganés.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 87.349.111,30€ para Madrid. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Ayudas al autoconsumo autonómicas
Subvenciones del 25% sobre el valor total de la instalación.
04
Bonificaciones del IBI
Hasta un 30% durante 2 años.
05
Bonificaciones del ICIO
Hasta un 5%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Estas ayudas estatales procedentes de los Fondos Europeos son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Madrid. Tienen una cuantía limitada, por lo que es muy importante solicitarlas antes de que se agoten los fondos.
Existen tres categorías de ayudas para instalaciones fotovoltaicas en el municipio de Leganés: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de Leganés:
Revisado 15 enero 2024
Se pueden solicitar desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar estas ayudas en Leganés:
AYUDA ESTATAL
Se puede acceder a una deducción del 20% en el IRPF del importe total de la cantidad invertida en una instalación fotovoltaica de nuestra vivienda habitual en Leganés. También en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción en el IRPF que la instalación fotovoltaica esté ubicada en nuestra vivienda habitual del municipio de Leganés.
AYUDAS AUTONÓMICAS
Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 17).
Fondos que provienen del subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica” del Programa 422B “Industria” correspondiente a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, por lo que las instalaciones fotovoltaicas ubicadas en viviendas del municipio de Leganés podrán optar a estos fondos.
Los costes presupuestarios para los ejercicios 2022 y 2023 tendrán una dotación máxima de 10.000.000 de euros para cada uno de ellos.
Revisado 15 enero 2024
Los objetivos que se plantean con este programa de ayudas para promoción del auto-consumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid son los siguientes:
Acción subvencionable: Todas aquellas instalaciones conectadas en el interior de una red acogida a cualquiera de las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica previstas en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, de regulación del autoconsumo.
Cuantía subvención: Un 25% como porcentaje máximo de subvención respecto al total del coste de los sistemas.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Leganés que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio.
El porcentaje de bonificación será del 50%, que se desglosará en un 20% cuando la aportación de las energías renovables sea para aprovechamiento térmico y un 30% adicional cuando además del térmico también sea de aprovechamiento eléctrico. Si la instalación es solo de aprovechamiento eléctrico la bonificación será del 30%. La bonificación se aplicará sobre la cuota íntegra del impuesto, durante los dos períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación.
Revisado 15 enero 2024
No se tendrá en cuenta el uso del inmueble para la concesión o denegación de la bonificación.
La bonificación se concederá en inmuebles de naturaleza urbana ya construidos. No se concederá la bonificación cuando la instalación de los sistemas de aprovechamiento sea obligatoria de acuerdo con la normativa específica en la materia (Código Técnico de la Edificación aprobado por RD 314/06 de 17 de marzo), ya sea por ser de nueva construcción o por tratarse de obras de rehabilitación del inmueble.
Esta bonificación es incompatible con cualquier otra bonificación que sea de aplicación.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Gozará de una bonificación del 5% la instalación en inmuebles de sistemas de aprovechamiento de energías renovables (térmicas y eléctricas), provenientes del sol o de otros sistemas (geotérmica aerotermia,…) para autoconsumo, siempre y cuando se cumplan los mismos requisitos técnicos y administrativos establecidos para la concesión de la bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles por el mismo concepto.
Revisado 15 enero 2024
Esta bonificación alcanzará exclusivamente a la parte de la cuota correspondiente a las construcciones, instalaciones y obras destinadas estrictamente a dicho fin, por lo que el interesado deberá aportar un desglose del presupuesto en el que se determine razonablemente el coste que se refiere a este supuesto.
No se concederá bonificación cuando la instalación de estos sistemas de aprovechamiento sea obligatoria en obras de nueva planta o en obras de rehabilitación a tenor de la normativa específica en la materia (Código Técnico de la Edificación aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo).
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Normativa Municipal y Patrimonio: Ordenanzas
Ayuntamiento de Leganés
Fundación de la Energía Comunidad de Madrid
Fundación de la Energía Comunidad de Madrid
¿Cuándo puede solicitarse la bonificación del IBI por instalación de placas solares en Leganés?
La bonificación podrá solicitarse en cualquier momento anterior a la terminación del periodo de duración de la misma, y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
¿Puedo realizar el trámite de la subvención sin intermediarios?
Las solicitudes de ayuda se podrán realizar directamente por los destinatarios últimos de las ayudas, por sus representantes legales, o a través de los delegados mandatarios adheridos.
¿Pueden las comunidades de propietarios solicitar las ayudas estatales Next Generation?
Sí, las comunidades de propietarios pueden acceder a la condición de destinatarios últimos de las ayudas de los programas 4, 5 y 6.