01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 87.349.111,30€ para Madrid. Plazo finalizado.
Ayudas y bonificaciones, tanto estatales como autonómicas y municipales, para la instalación de paneles solares para el autoconsumo de tu vivienda en Rivas Vaciamadrid.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 87.349.111,30€ para Madrid. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Ayudas al autoconsumo autonómicas
Subvenciones del 25% sobre el valor total de la instalación.
04
Bonificaciones del IBI
Entre un 20-50% durante 3 años.
05
Bonificaciones del ICIO
Hasta un 50%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Estas ayudas estatales procedentes de los Fondos Europeos son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Madrid. Tienen una cuantía limitada, por lo que es muy importante solicitarlas antes de que se agoten los fondos.
Existen tres categorías de ayudas para instalaciones fotovoltaicas en el municipio de Rivas Vaciamadrid: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de Rivas Vaciamadrid:
Revisado 15 enero 2024
Las ayudas consisten en:
Se pueden solicitar desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar estas ayudas en Rivas Vaciamadrid:
AYUDA ESTATAL
Se puede acceder a una deducción del 20% en el IRPF del importe total de la cantidad invertida en una instalación fotovoltaica de nuestra vivienda habitual en Rivas Vaciamadrid. También en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica:
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción en el IRPF que la instalación fotovoltaica esté ubicada en nuestra vivienda habitual del municipio de Rivas Vaciamadrid.
AYUDAS AUTONÓMICAS
Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 17).
Fondos que provienen del subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica” del Programa 422B “Industria” correspondiente a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, por lo que las instalaciones fotovoltaicas ubicadas en viviendas del municipio de Rivas Vaciamadrid podrán optar a estos fondos.
Los costes presupuestarios para los ejercicios 2022 y 2023 tendrán una dotación máxima de 10.000.000 de euros para cada uno de ellos.
Revisado 15 enero 2024
Los objetivos que se plantean con este programa de ayudas para promoción del auto-consumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid son los siguientes:
Acción subvencionable: Todas aquellas instalaciones conectadas en el interior de una red acogida a cualquiera de las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica previstas en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, de regulación del autoconsumo.
Cuantía subvención: Un 25% como porcentaje máximo de subvención respecto al total del coste de los sistemas.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Con carácter general, esta bonificación fiscal se aplicará a inmuebles o unidades catastrales construidas e identificadas en el Catastro con una Referencia Catastral propia e independiente.
Los bienes inmuebles ya construidos y con Licencia de Primera Ocupación o título habilitante que le sustituya en vigor, en los que se instalen por primera vez sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía solar fotovoltaica para autoconsumo, y siempre que tales sistemas dispongan de una potencia instalada mínima de 4,0 kW en los primeros 300 metros cuadrados construidos, de acuerdo con los datos obrantes en la Dirección General de Catastro, incrementándose en 4,0 kW por cada 100 metros cuadrados o fracción adicionales, con un máximo de 100kW; tendrán derecho a una bonificación fiscal de la cuota íntegra del impuesto durante los tres períodos impositivos siguientes al año de notificación del Informe de Conformidad emitido por el departamento municipal competente, por el que se comunica que las obras e instalaciones proyectadas se ajustan a la normativa urbanística vigente como de cualquier otra naturaleza, y siempre de acuerdo con los siguientes porcentajes y límites máximos de bonificación:
Revisado 15 enero 2024
Los bienes inmuebles ya construidos en edificios colectivos en altura, sujetos al régimen de propiedad horizontal, con Licencia de Primera Ocupación o título habilitante que le sustituya en vigor, en los que se instalen por primera vez sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía solar fotovoltaica compartida para autoconsumo que suministren energía a todos o a algunos de sus inmuebles, siempre que tales sistemas dispongan de una potencia instalada mínima de 1,5 kW en cada una de las viviendas o locales vinculados a la nueva instalación y un máximo de 100kW como suma total de potencia instalada entre todas las viviendas o locales afectadas, podrán disfrutar de igual bonificación que la descrita en el párrafo anterior.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Las obras e instalaciones en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía solar fotovoltaica para autoconsumo, tendrán derecho a una bonificación fiscal del 50% de la cuota íntegra del Impuesto, siempre y cuando se ajusten a las siguientes especificaciones técnicas y procedimentales:
Revisado 15 enero 2024
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Normativas vigentes en el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid
Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid
Fundación de la Energía Comunidad de Madrid
Fundación de la Energía Comunidad de Madrid
La solicitud de bonificación fiscal deberá instarse por medio del Registro de Entrada del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, solo cuando la persona interesada disponga del Informe municipal de Conformidad en el que expresamente se indique que las obras e instalaciones proyectadas se ajustan a la normativa urbanística como de cualquier otra naturaleza vigentes en el momento de la presentación por Registro de Entrada de la preceptiva Declaración de Obra Nueva.
La solicitud podrá presentarse en cualquier momento durante los tres años siguientes al año de notificación del Informe de Conformidad y surtirá efectos desde el período impositivo siguiente a aquel, aunque nunca el tiempo de aplicación superará los tres primeros años posteriores a la fecha de notificación.
Es obligatorio para su tramitación aportar junto a la solicitud de bonificación fiscal todos y cada uno de los siguientes documentos:
-Copia de la Declaración Responsable presentada en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid por medio de la cual se declaran las obras e instalaciones que se pretenden realizar.
-Copia de las autoliquidaciones abonadas por la Tasa y el Impuesto sobre Construcciones objeto de las instalaciones por las que se solicita la bonificación fiscal.
-Copia registrada en la Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI) de la MEMORIA TÉCNICA DE DISEÑO, firmada por técnico instalador autorizado.