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Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 87.349.111,30€ para Madrid. Plazo finalizado.
Diversas ayudas y bonificaciones estatales, autonómicas y municipales para tu inversión en energía solar para el autoconsumo en Torrejón de Ardoz.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 87.349.111,30€ para Madrid. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Ayudas al autoconsumo autonómicas
Subvenciones del 25% sobre el valor total de la instalación.
04
Bonificaciones del IBI
Hasta un 25% durante 4 años.
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Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Estas ayudas estatales proceden de los Fondos Europeos y son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Madrid. Son de una cuantía limitada por lo que solo estarán vigentes hasta que se agoten.
Existen tres categorías de ayudas para instalaciones fotovoltaicas en Torrejón de Ardoz: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial del municipio de Torrejón de Ardoz:
Revisado 15 enero 2024
Se pueden solicitar en Torrejón de Ardoz desde el 16 de noviembre de 2021 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Al instalar placas solares en nuestra vivienda habitual de Torrejón de Ardoz podremos deducir el 20% en el IRPF del importe de las cantidades totales invertidas en dicha instalación. También en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción que la instalación esté ubicada en una vivienda habitual del municipio de Torrejón de Ardoz.
AYUDAS AUTONÓMICAS
Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 17).
Fondos que provienen del subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica” del Programa 422B “Industria” correspondiente a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, por lo que las instalaciones fotovoltaicas ubicadas en Torrejón de Ardoz podrán optar a estos fondos.
Los costes presupuestarios para los ejercicios 2022 y 2023 tendrán una dotación máxima de 10.000.000 de euros para cada uno de ellos.
Revisado 15 enero 2024
Los objetivos que se plantean con este programa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid son los siguientes:
Acción subvencionable: Todas aquellas instalaciones conectadas en el interior de una red acogida a cualquiera de las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica previstas en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, de regulación del autoconsumo.
Cuantía subvención: Un 25% como porcentaje máximo de subvención respecto al total del coste de los sistemas.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Torrejón de Ardoz que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio.
Tendrán derecho a disfrutar de una bonificación del 25% en la cuota íntegra del impuesto, durante los cuatro periodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación, las viviendas en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo, siempre y cuando la instalación haya sido realizada con carácter voluntario por el sujeto pasivo y no responda a las obligaciones derivadas de la normativa vigente.
Revisado 15 enero 2024
En ningún caso, el importe de la bonificación podrá exceder del 25% de coste de la instalación. En el caso de viviendas ubicadas en edificios sujetas al régimen de propiedad horizontal las que realicen la instalación compartida, deberán de adjuntar a la solicitud la relación de los propietarios partícipes, a través de las referencias catastrales individualizadas.
Esta bonificación estará supeditada al correcto mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
Gozarán de una bonificación del 95% sobre la cuota las construcciones, instalaciones u obras consistentes en la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar e impliquen un consumo energético casi nulo.
Revisado 15 enero 2024
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que se acredite que los colectores o captadores disponen de la correspondiente homologación de la Administración competente y se acredite la correspondiente certificación energética. No se concederá esta bonificación cuando la implantación de estos sistemas sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.
Esta bonificación alcanzará exclusivamente a la parte de cuota correspondiente a las construcciones, instalaciones y obras destinadas estrictamente a dicho fin.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Ordenanzas y normativa de Hacienda
Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
Fundación de la Energía Comunidad de Madrid
Fundación de la Energía Comunidad de Madrid
En el momento de la solicitud de la bonificación, que deberá formularse antes del 31 de enero del ejercicio en que haya de aplicarse, habrá de aportarse, la referencia catastral del bien inmueble que se acoge a la bonificación, el proyecto técnico o memoria técnica del montaje de la instalación, el certificado de la instalación diligenciados por el organismo autónomo de la Comunidad de Madrid autorizado, acreditar que se ha solicitado y concedido la oportuna licencia, y el desglose y justificantes del coste de instalación de los sistemas.
Para gozar de la bonificación, se deberá aportar por el interesado un desglose del presupuesto en el que se determine razonadamente el coste que supone la construcción, instalación u obra a la que se refiere este supuesto
¿Puedo realizar el trámite de solicitud de una la subvención sin intermediarios?
Las solicitudes de ayuda se podrán realizar directamente por los destinatarios últimos de las ayudas, por sus representantes legales, o a través de los delegados mandatarios adheridos.