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AYUDA ESTATAL

Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation

Estas ayudas proceden de los Fondos Europeos y tienen una cuantía limitada, por lo que conviene solicitarlas antes de que se acaben. Aunque son estatales son gestionadas por la Comunidad Valenciana. 

Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, baterías y climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial:

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millones de los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Revisado 26 octubre 2023

Cuantías y requisitos para pedir las ayudas

Estas ayudas son:

  • Con una potencia pico menor de 10kWp, los importes son de 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por kWh en la batería. 
  • En el caso de las instalaciones más grandes de 10kWp, las ayudas oscilan entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
  • En los municipios de menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, a las sumas mencionadas se le tienen que sumar ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.

Las ayudas pueden ser solicitadas desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Requisitos para solicitar las ayudas:

  • Poder medir la producción y el consumo. 
  • La producción del sistema podrá superar, como máximo, un 25% el consumo anual. 
  • La factura de instalación debe tener fecha posterior al 30 de junio de 2021.
  • En el caso de las baterías para paneles solares, como máximo, podrán tener una capacidad cinco veces superior a la potencia pico instalada.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Podremos deducir el 20% en la Declaración de la Renta del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica en nuestra vivienda habitual. También podremos llevar a cabo esta deducción en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de ninguna actividad económica:

Revisado 26 octubre 2023

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción en el IRPF que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por cada ayuntamiento que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles. Para la ciudad de Alcoy se ha establecido una bonificación de hasta el 30% de la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles en los que se haya instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, para autoconsumo con carácter voluntario.

Revisado 26 octubre 2023

Si transcurridos los cuatro años referidos se instalasen nuevos sistemas con derecho a bonificación podrá volverse a aplicar la bonificación por un nuevo periodo de cuatro años. Y si mientras se está disfrutando de la bonificación del 30% se instalara un nuevo sistema con derecho a deducción, el cómputo de los cuatro años se volverá a computar desde la última instalación efectuada siendo en todo caso el máximo de bonificación del 30%.

Para tener derecho a esta bonificación será necesario que los sistemas instalados sean capaces de producir, al menos, el 20% de la potencia contratada y que la potencia instalada eléctrica o fotovoltaica sea como mínimo de 2kw por cada 100 metro cuadrado de cubierta o tejado. Este último requisito no será exigible para cubiertas o tejados inferiores a 100 metros cuadrados.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del ICIO

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística en Alcoy, independientemente de que se haya obtenido o no.

Disfrutarán de una bonificación de hasta el 95% de la cuota del Impuesto, las construcciones, instalaciones y obras de aquellos inmuebles en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. Su solicitud deberá ser en el plazo máximo de los 3 meses posteriores a la finalización de la instalación.

Revisado 26 octubre 2023

La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que se acredite que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores o captadores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente. No se concederá esta bonificación cuando la implantación de estos sistemas sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.

Para tener derecho a esta bonificación será necesario que los sistemas instalados sean capaces de producir, al menos, el 20% de la potencia contratada y que la potencia instalada eléctrica o fotovoltaica sea como mínimo de 2kw por cada 100 metros cuadrados de cubierta o tejado. Este último requisito no será exigible para cubiertas o tejados inferiores a 100 metros cuadrados.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IAE

El municipio de Alcoy ofrece una bonificación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de hasta un 50% durante cuatro años en los inmuebles que hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo. 

Revisado 26 octubre 2023

Para tener derecho a esta bonificación será necesario que los sistemas instalados sean capaces de producir, al menos, el 20% de la potencia contratada y que la potencia instalada eléctrica o fotovoltaica sea como mínimo de 2kw por cada 100 metros cuadrados de cubierta o tejado. Este último requisito no será exigible para cubiertas o tejados inferiores a 100 metros cuadrados. 

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Nos ocupamos de todas las gestiones administrativas y legales necesarias para realizar tu instalación de autoconsumo fotovoltaico. También nos ocupamos de tramitar las subvenciones disponibles.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

Algunas respuestas

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