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Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 67.307.084€ para la Comunidad Valenciana. Plazo finalizado.
Ayudas y subvenciones estatales y municipales para la instalación de placas solares en el sector residencial del municipio de Elche.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 67.307.084€ para la Comunidad Valenciana. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 3 años.
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Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Estas ayudas proceden de los Fondos Europeos y tienen una cuantía limitada, por lo que conviene solicitarlas antes de que se acaben. Aunque son estatales son gestionadas por la Comunidad Valenciana.
Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, baterías y climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial:
Revisado 15 enero 2024
Las ayudas pueden ser solicitadas desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitar las ayudas en Elche:
AYUDA ESTATAL
Podemos deducir el 20% en el IRPF del importe de la cantidad total invertida en la instalación fotovoltaica en nuestra vivienda habitual ubicada en Elche. También podremos llevar a cabo esta deducción en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de ninguna actividad económica.
Revisado 15 enero 2024
Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción en el IRPF que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual en el municipio de Elche.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Elche que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Tendrán derecho a disfrutar de una bonificación del 50% en la cuota íntegra del impuesto, por una sola vez, los inmuebles, cuyo uso catastral sea predominantemente residencial-vivienda, en los cuales se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, hasta un máximo de tres períodos impositivos.
La vigencia del Certificado de Eficiencia Energética marcará el número de años a gozar de la bonificación.
Revisado 15 enero 2024
Para tener derecho a esta bonificación será necesario:
a) En los sistemas de aprovechamiento térmico de la energía solar, la contribución solar mínima anual para cubrir las necesidades de agua caliente sanitaria (ACS) u otras, atendiendo las directrices del CTE DB SE-4, deben ser de un mínimo del 70%.
b) En los sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar, que se disponga de una potencia instalada mínima de 1 Kw por cada 50 m2 de superficie construida, según información que podrá contrastarse con la que conste en la base de datos del catastro.
En aquellos casos en los que se instalen ambos sistemas la bonificación máxima aplicable será del 50%. No se concederán las anteriores bonificaciones cuando la instalación de estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.
Dichas bonificaciones tendrán carácter rogado y surtirán efectos, en su caso, desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite, siempre que, previamente, reúna las condiciones y se acredite ante el Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos exigidos para su otorgamiento.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 103.2.a) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se establece una bonificación del 95% de la cuota de este impuesto para aquellas obras del municipio de Elche que cumplan los requisitos que a continuación se relacionan: La instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar, biomasa o geotermia que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica del edificio.
Revisado 15 enero 2024
Incluirá la instalación de cualquier tecnología, sistema, o equipo de energía renovable, como paneles solares térmicos, a fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria demandada por las viviendas, o la producción de agua caliente para las instalaciones de climatización.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Generalitat Valenciana
Ordenanzas municipales del Ayuntamiento de Elche para el año 2023
Ayuntamiento de Elche
El otorgamiento de estas bonificaciones estará condicionado a que el cumplimiento de los requisitos quede acreditado, generalmente, mediante la aportación del Certificado de Eficiencia Energética debidamente expedido por persona autorizada, supervisado por el correspondiente Colegio Profesional y registrado ante el Organismo de la Comunidad Autónoma Valenciana competente por razón de la materia. En el supuesto que fuese insuficiente, el ayuntamiento de Elche podrá requerir y exigir la documentación que estime oportuna en aras a verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos que permitan conceder la bonificación. Asimismo, podrá exigirse identificar la licencia municipal u otro acto de control urbanístico que ampare la realización de las obras.
Para solicitar las ayudas, ¿puedo presentar un presupuesto de la instalación elaborado por mí mismo?
El presupuesto deberá ser elaborado por la empresa que lleve a cabo la instalación y estar suficientemente desglosado. El presupuesto tiene que identificar claramente los costes elegibles objeto de la subvención. Se consideran costes elegibles los que se relacionan en el anexo AI.2 del RD 477/2021.
Los solicitantes que no tengan residencia fiscal en España deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia.