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AYUDA ESTATAL

Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation

Estas ayudas son procedentes de los Fondos Europeos y han sido  pensadas para fomentar el autoconsumo Son limitadas y por lo tanto serán otorgadas en la ciudad de Vigo por orden de solicitud. Pese a que son estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Galicia. 

Hay tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas existen seis programas que establecen quiénes pueden solicitarlas y cuáles son las cuantías que se destinan a cada una de ellas. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de Vigo:

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millones de los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Revisado 1 marzo 2023

Las ayudas son las siguientes:

  • Con una potencia pico menor de 10kWp, los importes son de 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por kWh en la batería. 
  • En el caso de las instalaciones más grandes de 10kWp, las ayudas oscilan entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
  • En los municipios de menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, a las sumas mencionadas se le tienen que sumar ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.

Fecha de solicitud: Las ayudas pueden solicitarse en Vigo desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Requisitos para solicitar estas ayudas en Vigo:

  • Poder medir la producción y el consumo. 
  • La producción del sistema podrá superar, como máximo, un 25% el consumo anual. 
  • La factura de instalación debe tener fecha posterior al 30 de junio de 2021.
  • En el caso de las baterías para paneles solares, como máximo, podrán tener una capacidad cinco veces superior a la potencia pico instalada.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Los propietarios de una instalación fotovoltaica en su vivienda habitual ubicada en el municipio de Vigo pueden deducir el 20% del importe total de las cantidades invertidas, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.

Revisado 1 marzo 2023

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El ayuntamiento de Vigo establece una bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del 50% durante tres periodos impositivos una vez finalizada la instalación a los inmuebles residenciales que instalen sistemas de aprovechamiento de energía solar que cumplen con los siguientes requisitos:

  • Que la instalación sea objeto de comunicación previa/licencia por parte de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
  • Que incluyan colectores homologados por la administración competente
  • En el caso de inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal que realizan una instalación de autoconsumo compartido para el suministro de energía a todos los inmuebles o algunos, solo podrán beneficiarse de la bonificación en el IBI las propiedades que estén vinculadas a la instalación.

Revisado 1 marzo 2023

Según la normativa fiscal del IBI del ayuntamiento de Vigo, el importe anual de la bonificación no podrá exceder el 50% de la ejecución material de la instalación fotovoltaica o el 50% del coste de la ejecución material repercutida a cada propietario vinculado, en el caso de los inmuebles sujetos a división horizontal.

En los dos casos anteriores, el texto recoge que, en el cómputo global, la cantidad de la bonificación concedida durante los tres ejercicios no podrá exceder el 95% del coste de la ejecución material de la instalación.

La bonificación, que no se concederá si la instalación fotovoltaica es obligada, surtirá efecto desde el periodo impositivo siguiente al año en que se solicite.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del ICIO

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.

Gozarán de un 30% de descuento en la cuota, las construcciones, instalaciones u obras, ubicadas en el municipio de Vigo, consistentes en la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo.

Revisado 1 marzo 2023

Para el caso de la construcción residencial, el porcentaje de bonificación ascenderá a un máximo del 95%. Para poder acogerse a esta bonificación los contenedores o colectores deberán disponer de la correspondiente homologación por parte de la Administración competente. 

No sé otorgará esta bonificación cuando la instalación de estos sistemas sea obligatoria de acuerdo con la normativa específica en la materia.

Esta bonificación solo cubrirá la parte correspondiente a las construcciones, instalaciones y obras previstas estrictamente para ese fin.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

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