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AYUDA ESTATAL

Ayudas estatales Next Generation al autoconsumo

Estas ayudas proceden de los Fondos Europeos y tienen una cuantía limitada, por lo que conviene solicitarlas antes de que se acaben. Aunque son estatales estas subvenciones son gestionadas directamente por el Gobierno de Canarias. 

Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, baterías y climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial:

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millones de los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Revisado 28 noviembre 2023

Estas ayudas son

  • Con una potencia pico menor de 10kWp, los importes son de 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por kWh en la batería. 
  • En el caso de las instalaciones más grandes de 10kWp, las ayudas oscilan entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
  • En los municipios de menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, a las sumas mencionadas se le tienen que sumar ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.

Las ayudas pueden ser solicitadas desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Requisitos para solicitar las ayudas:

  • Poder medir la producción y el consumo. 
  • La producción del sistema podrá superar, como máximo, un 25% el consumo anual. 
  • La factura de instalación debe tener fecha posterior al 30 de junio de 2021.
  • En el caso de las baterías para paneles solares, como máximo, podrán tener una capacidad cinco veces superior a la potencia pico instalada.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Podremos deducir el 20% en la Declaración de la Renta del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica en nuestra vivienda habitual. También podremos llevar a cabo esta deducción en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de ninguna actividad económica.

Revisado 28 noviembre 2023

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Es un requisito básico para poder solicitar esta deducción en el IRPF que la instalación esté ubicada en nuestra vivienda habitual.

AYUDAS AUTONÓMICAS

Ayudas al autoconsumo autonómicas

Subvenciones para el ejercicio destinadas a instalaciones de autoconsumo de energías renovables en el sector residencial realizadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. 

Podrán ser beneficiarias las personas físicas titulares de las viviendas, entendiendo como tales los que ostenten los derechos necesarios para realizar la actividad objeto de subvención, las comunidades de propietarios y la agrupación de propietarios de viviendas para el autoconsumo colectivo.

Revisado 28 noviembre 2023

La cuantía de la subvención será:

  • Solar térmica: 700 euros para instalaciones individuales con circulación natural y 400 euros por m² útil para instalaciones con circulación forzada, hasta 700 euros por vivienda alimentada.
  • Solar fotovoltaica aislada, a 4 euros por vatio de potencia nominal, hasta un máximo de 10.000 euros por vivienda.
  • Solar fotovoltaica de autoconsumo conectada a la red, a 0,75 euros por vatio de potencia nominal, hasta un máximo de 2.250 euros por vivienda. En caso de instalación de baterías, se aumentará la subvención a 1,5 euros vatio de potencia nominal, hasta un máximo de 4.500 euros. En autoconsumo colectivo se asignarán estos límites por cada vivienda, según la inversión efectivamente realizada por la persona beneficiaria en la instalación generadora, respecto la potencia total instalada.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por cada ayuntamiento que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles. 

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ofrece una bonificación del 50% sobre la cuota íntegra del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) durante tres años, o como máximo de 6.000 euros para inmuebles de uso distinto al residencial, por la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol.

Revisado 28 noviembre 2023

La aplicación de esta bonificación está condicionada a la solicitud del interesado y a su concesión por el Ayuntamiento una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ordenanza fiscal reguladora.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del ICIO

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.

Revisado 28 noviembre 2023

Se puede obtener una bonificación en la cuota del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo de hasta un 75% de la cuota íntegra del impuesto, si la instalación no tiene carácter obligatorio conforme con lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.

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Nos ocupamos de todas las gestiones administrativas y legales necesarias para realizar tu instalación de autoconsumo fotovoltaico. También nos ocupamos de tramitar las subvenciones disponibles.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

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