01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 37.173.437€ para el País Vasco. Plazo finalizado.
Subvenciones y bonificaciones que ayudan a rentabilizar una instalación fotovoltaica en Barakaldo.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 37.173.437€ para el País Vasco. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 5 años.
04
Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Ayudas con una cuantía limitada y que serán otorgadas por orden de solicitud hasta que se acaben. Pese a que son estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. A su vez disponen de seis programas que establecen quiénes pueden solicitar las ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial del municipio de Barakaldo:
Revisado 15 enero 2024
Las ayudas pueden ser solicitadas desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023 en el municipio de Barakaldo.
Requisitos básicos para solicitar estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Los propietarios de una instalación fotovoltaica ubicada en Barakaldo pueden deducir el 20% del importe de las cantidades invertidas en dicha instalación en su vivienda habitual, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Revisado 15 enero 2024
Para poder solicitar esta deducción, la instalación debe estar ubicada en la vivienda habitual de la persona que la solicita en el municipio de Barakaldo.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Barakaldo y que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Tendrán derecho a una bonificación del 50% en la cuota íntegra del impuesto los bienes inmuebles destinados a vivienda, en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, durante los 5 periodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación. Se excluyen en todo caso los supuestos de reparación.
Revisado 15 enero 2024
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente, así como a que dispongan de la oportuna licencia municipal y no procederá cuando la instalación de estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Revisado 15 enero 2024
Gozarán de una bonificación del 95% de la cuota de este impuesto, las construcciones, instalaciones u obras del municipio de Barakaldo en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, excepto en los casos en que sean de obligada implantación por aplicación de la normativa técnica vigente.
Esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Agencia Energética del Gobierno Vasco
Ordenanzas Fiscales y Precios Públicos del Ayuntamiento de Barakaldo
Ayuntamiento de Barakaldo
¿Desde qué momento se concede la bonificación al IBI por instalación de placas solares en Barakaldo?
Esta bonificación se concederá a solicitud del interesado, y con carácter general surtirá efectos, desde el período impositivo siguiente a aquel en el que se solicite, siempre que previamente se acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos para su otorgamiento. No obstante, cuando la bonificación se solicite antes de que la liquidación sea firme, ésta surtirá efectos en el mismo ejercicio de la solicitud, si en la fecha de devengo del tributo concurren los requisitos exigidos para su disfrute. Esta bonificación se concederá a solicitud del interesado en el plazo de los tres meses posteriores a la instalación, acreditando la comunicación de obras y el certificado final y de especificaciones técnicas de la instalación.
¿Se realiza una visita de inspección para ver las instalaciones subvencionadas?
Posteriormente a la emisión de una resolución de otorgamiento de subvención y de abono de la ayuda, el Ente Vasco de la Energía podrá realizar “in situ” una inspección técnica o económica para la comprobación efectiva de la ejecución de la inversión correspondiente.
Sí. Las personas jurídicas, públicas o privadas, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, deberán aportar, entre otras, la documentación acreditativa de las facultades de representación de la persona que los represente debidamente inscrita en los registros públicos correspondientes.