01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 37.173.437€ para el País Vasco. Plazo finalizado.
Subvenciones y bonificaciones que ayudan a rentabilizar una instalación fotovoltaica en Bilbao
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 37.173.437€ para el País Vasco. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 10% durante 3 años.
04
Bonificaciones del ICIO
Hasta un 60%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Ayudas con una cuantía limitada y que serán otorgadas por orden de solicitud hasta que se acaben. Pese a que son estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, baterías y climatización renovable. A su vez disponen de seis programas que establecen quiénes pueden solicitar las ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial:
Revisado 15 enero 2024
Fecha de solicitud: A partir del 2 de diciembre de 2021.
Requisitos básicos para solicitar estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Los propietarios de una instalación fotovoltaica pueden deducir el 20% del importe de las cantidades invertidas en dicha instalación en su vivienda habitual, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Revisado 15 enero 2024
Para poder solicitar esta deducción, la instalación debe estar ubicada en la vivienda habitual de la persona que la solicita.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el Ayuntamiento de Bilbao que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles de la capital de Vizcaya.
Tendrán derecho a una bonificación del 10% en la cuota íntegra del impuesto las viviendas con un valor catastral que no supere el umbral fijado en el artículo 9.3 a la fecha de la solicitud, en las que se instalen por primera vez sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo. El importe total de la cuota bonificada no podrá superar el 30% del cociente obtenido de dividir el coste de ejecución material de la instalación entre el número de viviendas conectadas a la misma.
Revisado 15 enero 2024
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente, así como que dispongan de la oportuna licencia municipal.
No procederá esta bonificación cuando la instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
En Bilbao se establece una bonificación del 60% a favor de las construcciones, instalaciones y obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
Revisado 15 enero 2024
La aplicación de la bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores o sistemas de calefacción y agua caliente sanitaria (ACS) que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
La bonificación será aplicable exclusivamente sobre las cantidades destinadas a sistemas de aprovechamiento de la energía solar cuya inversión no sea obligatoria de acuerdo con la legislación vigente.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovables
Agencia Energética del Gobierno Vasco
Ordenanzas fiscales y precios públicos
Ayuntamiento de Bilbao
Sí, deberá además adjuntar un documento identificativo oficial en vigor de la persona solicitante en el que se acredite la firma de dicha persona (pasaporte / DNI del país de origen).
Posteriormente a la emisión de una resolución de otorgamiento de subvención y de abono de la ayuda, el Ente Vasco de la Energía podrá realizar “in situ” una inspección técnica o económica para la comprobación efectiva de la ejecución de la inversión correspondiente.
Sí. Las personas jurídicas, públicas o privadas, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, deberán aportar, entre otras, la documentación acreditativa de las facultades de representación de la persona que los represente debidamente inscrita en los registros públicos correspondientes.