01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Un total de 37.173.437€ para el País Vasco. Plazo finalizado.
Importantes ayudas y bonificaciones, tanto estatales como municipales, para rentabilizar una instalación fotovoltaica en Irún.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Un total de 37.173.437€ para el País Vasco. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 3 años.
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Bonificaciones del ICIO
Hasta un 95%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Estas ayudas proceden de Fondos Europeos y tienen una cuantía limitada, por lo que serán otorgadas por orden de solicitud hasta que se acaben. Pese a que son estatales son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Existen tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. A su vez disponen de seis programas que establecen quiénes pueden solicitar las ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de Irún:
Revisado 15 enero 2024
Las ayudas consisten en:
Las ayudas pueden ser solicitadas en Irún desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos básicos para solicitar estas ayudas:
AYUDA ESTATAL
Los propietarios de una vivienda habitual con instalación fotovoltaica en Irún pueden deducir el 20% del importe de las cantidades invertidas en dicha instalación en el IRPF, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica:
Revisado 15 enero 2024
Es esencial, para poder solicitar esta deducción, que la instalación solar esté ubicada en la vivienda habitual de Irún de la persona que la solicita.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Irún que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Una bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol o de otras energías renovables, siempre que las mismas no resulten de obligada ejecución por la normativa vigente.
Revisado 15 enero 2024
La duración de esta bonificación se extenderá a 3 años desde su instalación, y la aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores o sistemas de calefacción y agua caliente sanitaria (ACS) que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Una bonificación de hasta el 95% a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar o de otras energías renovables. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores o sistemas de calefacción y agua caliente sanitaria (ACS) que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
Revisado 15 enero 2024
También a que tengan como finalidad la rehabilitación energética para la obtención de una etiqueta energética de clase A o B. A estos efectos el porcentaje de bonificación podrá ser diferente en función de la clase de la etiqueta energética.
O que tengan como finalidad la rehabilitación integral de inmuebles que englobe la rehabilitación energética y accesibilidad. A estos efectos, la rehabilitación energética ha de tener como finalidad la obtención de una etiqueta de eficiencia energética de clase A o B.
O que se realicen en el marco de proyectos de rehabilitación integral de barrios o zonas del término municipal de Irún para la incorporación de energías renovables. La bonificación a que se refiere esta letra será aplicable, exclusivamente, sobre las cantidades cuya inversión no sea obligatoria de acuerdo con la legislación vigente.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Estrategia Energética de Euskadi 2030
Agencia Energética del Gobierno Vasco
Ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Irún
Ayuntamiento de Irún
Sí, deberá además adjuntar un documento identificativo oficial en vigor de la persona solicitante en el que se acredite la firma de dicha persona (pasaporte / DNI del país de origen).
¿Se realiza una visita de inspección para ver las instalaciones subvencionadas?
Posteriormente a la emisión de una resolución de otorgamiento de subvención y de abono de la ayuda, el Ente Vasco de la Energía podrá realizar “in situ” una inspección técnica o económica para la comprobación efectiva de la ejecución de la inversión correspondiente.
¿En qué momento se debe solicitar la bonificación del 50% durante 3 años en el IBI en Irún?
Dicha bonificación se concederá a petición del interesado, la cual podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la terminación de los 3 periodos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquél en que se solicite