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AYUDA ESTATAL

Ayudas estatales Next Generation al autoconsumo

El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.

Ayudas procedentes de Europa con una cuantía limitada, por lo que es importante solicitarlas antes de que se agoten y que son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Asturias. 

Hay tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de Oviedo:

  • Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, donde se destinan 215 millones, 15 millones de los cuales serán para almacenamiento, es decir baterías.
  • Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con 5 millones presupuestados.

Revisado 15 enero 2024

Ayudas procedentes de los fondos Next Generation:

  • Con una potencia pico menor de 10kWp, los importes son de 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por kWh en la batería. 
  • En el caso de las instalaciones más grandes de 10kWp, las ayudas oscilan entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
  • En los municipios de menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, a las sumas mencionadas se le tienen que sumar ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.

Las ayudas pueden ser solicitadas en Oviedo desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Requisitos para solicitarlas:

  • Poder medir la producción y el consumo. 
  • La producción del sistema podrá superar, como máximo, un 25% el consumo anual. 
  • La factura de instalación debe tener fecha posterior al 30 de junio de 2021.
  • En el caso de las baterías para paneles solares, como máximo, podrán tener una capacidad cinco veces superior a la potencia pico instalada.

AYUDA ESTATAL

Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)

Si instalamos placas solares en una vivienda habitual del municipio de Oviedo podemos deducir en IRPF el 20% del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.

Revisado 15 enero 2024

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Un requisito fundamental para poder solicitar esta deducción es que se trate de una instalación ubicada en una vivienda habitual de la ciudad de Oviedo.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Oviedo que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles. 

Tendrán derecho a una bonificación del 50% en la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, las edificaciones cuyo uso catastral sea predominantemente residencial en las que se instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo en la ciudad de Oviedo, durante los cinco periodos impositivos a contar desde el siguiente a la finalización de las obras e instalaciones necesarias para incorporar los mencionados sistemas de aprovechamiento. 

La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones dispongan de la correspondiente autorización de la instalación por la Administración competente.

Revisado 15 enero 2024

No será de aplicación esta bonificación en aquellos supuestos en que la instalación sea obligatoria conforme a la normativa aplicable.

En el supuesto de las viviendas para las que no exista normativa que obligue a la instalación de placas fotovoltaicas, se bonificará el IBI en los siguientes casos:

  • Cuando la instalación de un bloque edificatorio plurifamiliar iguale o supere los 300 Wp de potencia pico eléctrica por unidad funcional (entendiéndose como unicidad funcional cada una de las viviendas o locales comerciales del bloque edificatorio).
  • En el caso de las viviendas unifamiliares, para poder disfrutar de la bonificación se requerirá una potencia pico mínima instalada de 3,5 kWp.

BONIFICACIÓN MUNICIPAL

Bonificación fiscal del ICIO

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.

Al amparo de lo establecido en el artículo 103.2.b) del TRLRHL gozarán de una bonificación del 30% de la cuota íntegra del impuesto aquellas construcciones, instalaciones y obras que se realicen en inmuebles de uso predominantemente residencial en Oviedo que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.

Revisado 15 enero 2024

La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.

No será de aplicación esta bonificación en aquellos supuestos en que dicha instalación sea obligatoria conforme a la normativa específica en la materia.

El beneficio fiscal se aplicará exclusivamente sobre la parte del presupuesto que afecte a la incorporación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar en el caso de que las obras, construcciones o instalaciones tuvieran además otras finalidades o propósitos.

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Nos ocupamos de todas las gestiones administrativas y legales necesarias para realizar tu instalación de autoconsumo fotovoltaico. También nos ocupamos de tramitar las subvenciones disponibles.

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Referencias

Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.

Algunas respuestas

Tengo más dudas

  • ¿Los particulares pueden acceder a las ayudas Next Generation?

    Esto es posible solo en los casos en los que la instalación sea de nuestra propiedad. Es decir, si la instalación es propiedad de la empresa instaladora (las denominadas instalaciones de coste 0), no podremos acceder a la ayuda sino que tendría que ser la empresa instaladora acogiéndose a los programas 1, 2 ó 3.

  • ¿Cuándo puede presentarse la solicitud de bonificación del IBI en Oviedo por instalación de paneles solares?

    La bonificación se concederá a petición del interesado que podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la finalización de los cinco periodos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite y hasta la finalización del plazo de los 5 años desde la finalización de la obra siempre y cuando el importe de la bonificación acumulada no supere el coste de la instalación. A la solicitud de bonificación habrá de acompañarse el certificado final con las especificaciones técnicas de la instalación.

  • ¿Cuándo y quién debe solicitar la bonificación del ICIO en Oviedo por instalación de paneles solares?

    El otorgamiento de esta bonificación habrá de instarse por el sujeto pasivo en el momento de presentar la solicitud de licencia o la declaración responsable o comunicación previa, según corresponda, y en cualquier caso, con anterioridad siempre al inicio de las obras.