01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 14.536.460€ para Asturias. Plazo finalizado.
Ayudas estatales procedentes de Fondos Europeos y bonificaciones del 20% en IRPF, del 50% en IBI y del 30% en ICIO.
01
Ayudas al autoconsumo estatales Next Generation
Con un montante total de 14.536.460€ para Asturias. Plazo finalizado.
02
Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Hasta el 20% de deducción en el IRPF.
03
Bonificaciones del IBI
Hasta un 50% durante 5 años.
04
Bonificaciones del ICIO
Hasta un 30%.
AYUDA ESTATAL
El plazo de solicitud de la subvención Next Generation ha finalizado. Nos encontramos a la espera de noticias por parte de la Administración sobre posibles nuevas fases. Si quieres que te informemos de las novedades que se produzcan al respecto, déjanos tus datos clicando aquí.
Ayudas procedentes de Europa con una cuantía limitada, por lo que es importante solicitarlas antes de que se agoten y que son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Asturias.
Hay tres categorías de ayudas: al autoconsumo, para baterías y para climatización renovable. Dentro de éstas se desarrollan seis programas, los cuales establecen quiénes pueden solicitar estas ayudas y cuáles son las cuantías. El cuarto y el quinto programa son los que afectan directamente a la energía fotovoltaica en el sector residencial de Oviedo:
Revisado 15 enero 2024
Las ayudas pueden ser solicitadas en Oviedo desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para solicitarlas:
AYUDA ESTATAL
Si instalamos placas solares en una vivienda habitual del municipio de Oviedo podemos deducir en IRPF el 20% del importe de las cantidades totales invertidas en la instalación fotovoltaica, así como en instalaciones colectivas destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican y que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Revisado 15 enero 2024
Un requisito fundamental para poder solicitar esta deducción es que se trate de una instalación ubicada en una vivienda habitual de la ciudad de Oviedo.
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Oviedo que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Tendrán derecho a una bonificación del 50% en la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, las edificaciones cuyo uso catastral sea predominantemente residencial en las que se instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo en la ciudad de Oviedo, durante los cinco periodos impositivos a contar desde el siguiente a la finalización de las obras e instalaciones necesarias para incorporar los mencionados sistemas de aprovechamiento.
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones dispongan de la correspondiente autorización de la instalación por la Administración competente.
Revisado 15 enero 2024
No será de aplicación esta bonificación en aquellos supuestos en que la instalación sea obligatoria conforme a la normativa aplicable.
En el supuesto de las viviendas para las que no exista normativa que obligue a la instalación de placas fotovoltaicas, se bonificará el IBI en los siguientes casos:
BONIFICACIÓN MUNICIPAL
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se abona para cualquier construcción, instalación u obra en la que se haya exigido una licencia de obras o urbanística, independientemente de que se haya obtenido o no.
Al amparo de lo establecido en el artículo 103.2.b) del TRLRHL gozarán de una bonificación del 30% de la cuota íntegra del impuesto aquellas construcciones, instalaciones y obras que se realicen en inmuebles de uso predominantemente residencial en Oviedo que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
Revisado 15 enero 2024
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
No será de aplicación esta bonificación en aquellos supuestos en que dicha instalación sea obligatoria conforme a la normativa específica en la materia.
El beneficio fiscal se aplicará exclusivamente sobre la parte del presupuesto que afecte a la incorporación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar en el caso de que las obras, construcciones o instalaciones tuvieran además otras finalidades o propósitos.
Consulta todos los detalles sobre las ayudas y subvenciones expuestas en esta página.
Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias
Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias
Ordenanzas fiscales del ayuntamiento de Oviedo
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Oviedo
¿Los particulares pueden acceder a las ayudas Next Generation?
Esto es posible solo en los casos en los que la instalación sea de nuestra propiedad. Es decir, si la instalación es propiedad de la empresa instaladora (las denominadas instalaciones de coste 0), no podremos acceder a la ayuda sino que tendría que ser la empresa instaladora acogiéndose a los programas 1, 2 ó 3.
La bonificación se concederá a petición del interesado que podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la finalización de los cinco periodos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite y hasta la finalización del plazo de los 5 años desde la finalización de la obra siempre y cuando el importe de la bonificación acumulada no supere el coste de la instalación. A la solicitud de bonificación habrá de acompañarse el certificado final con las especificaciones técnicas de la instalación.
El otorgamiento de esta bonificación habrá de instarse por el sujeto pasivo en el momento de presentar la solicitud de licencia o la declaración responsable o comunicación previa, según corresponda, y en cualquier caso, con anterioridad siempre al inicio de las obras.